AYUDAS A ASTURIANOS Y ASTURIANAS Y DESCENDIENTES RESIDENTES EN EL EXTERIOR. AÑO 2026
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS A ASTURIANOS Y ASTURIANAS Y DESCENDIENTES RESIDENTES EN EL EXTERIOR. AÑO 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS. Presupuesto: 500.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.-Personas beneficiarias. Personas emigrantes asturianas y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, residentes en América Latina: América Central, América del Sur, México y Antillas Mayores, que se encuentren en situaciones de necesidad por carecer de rentas o ingresos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia de acuerdo a la realidad socioeconómica de su país de residencia. Se considerará que la persona carece de rentas o ingresos necesarios cuando los ingresos per cápita de la unidad familiar no superen en 4 veces la base de cálculo en 2026 establecida por el Gobierno de España para el cómputo de rentas de cara a la concesión de prestaciones por razón de necesidad a favor de los españoles y españolas residentes en el exterior en el año 2026 de conformidad con el Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados. Segundo.-Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas individuales, de carácter asistencial y social, para asturianos y asturianas y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, que residan en América Latina con la finalidad de contribuir a atender sus necesidades básicas de subsistencia. Las actuaciones subvencionables por la presente convocatoria son las siguientes: - Línea 1: Ayudas individuales para personas de 65 años o más. - Línea 2: Ayudas individuales para personas de 18 a 64 años que sean ví ctimas de violencia de género o padezcan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral. Tercero.-Bases reguladoras. Resolución de 19 de julio de 2019, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior (BOPA número 155, de 12 de agosto de 2019). Cuarto.-Cuantía. La convocatoria prevé un crédito total de 500.000 euros con la siguiente distribución máxima por países: PAÍS,,IMPORTE (en euros) Argentina,,159.470,09 Venezuela,,97.684,40 Chile ,,15.847,72 Uruguay,,15.872,01 Brasil,,6.401,12 Cuba,, 174.184 México,,28.401,12 Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y República Dominicana,,2.139 ,54 TOTAL,,500.000 Atendiendo al rendimiento que la ayuda supone en cada uno de los países, la cuantía máxima de cada ayuda por persona beneficiaria será la siguiente: PAÍS,,CUANTÍA MÁXIMA (en euros) Argentina,,2.000 Venezuela,,2.000 Chile ,,2.000 Uruguay,,2.000 Brasil,,2.000 Cuba,,600 México,,2.000 Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y República Dominicana,,2.000 Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto.-Otros datos de interés. En la sede electrónica del Principado de Asturias: https://miprincipado.asturias.es/ está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0103T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de la solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. Las solicitudes vendrán acompañadas de la documentación señalada en la resolución de convocatoria.
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO
Ámbito
Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 13 de mayo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 23 de junio de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 500.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- SOLICITUD ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2026, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2026 ↗
Bases reguladoras
Resolución de 19 de julio de 2019, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior