CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA DE LA PLAZA DE ESPAÑA DE TAUSTE
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA DE LA PLAZA DE ESPAÑA DE TAUSTE.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Zaragoza. Presupuesto: 1.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la Resolución 2026-0898, de fecha 6 de mayo de 2026, por la que se convoca el Concurso bajo lema, en dos fases, con intervención de jurado, para la redacción de Proyecto y Dirección de obra para la Reforma de la Plaza de España de Tauste. 1. - OBJETO DEL CONCURSO Y RÉGIMEN JURÍDICO. 1.1 Las presentes Bases tienen por objeto establecer la regulación de las condiciones que regirán el Concurso de proyectos, con intervención de Jurado, en dos fases, con el fin de seleccionar la mejor propuesta atendiendo a la calidad arquitectónica y sus valores técnicos, funcionales, espaciales, culturales y medioambientales; así como su viabilidad técnica, económica y constructiva; y así se valore por el Jurado. La finalidad es, por tanto, seleccionar por el jurado la mejor y más idónea propuesta para redactar el proyecto básico y de ejecución, estudio de seguridad y salud, así como la dirección de las obras y la coordinación de seguridad y salud: “PARA LA REFORMA INTEGRAL DE LA PLAZA DE ESPAÑA DE TAUSTE”, con un programa que permita la funcionabilidad urbanística (circulación de vehículos, espacios reservados a parking, y tránsito de peatones) en combinación con una estética adecuada al espacio que representa (núcleo central del pueblo).. 1.2 El concurso se convoca, en lo que resulte de aplicación, conforme a las normas del procedimiento de Concurso de proyectos, en los términos previstos en el artículo 183 de la LCSP, supuesto comprendido en su apartado 2. a), modalidad “Concursos de proyectos organizados en el marco de un procedimiento de adjudicación de un contrato de servicios, en los que eventualmente se podrán conceder premios o pagos. El contrato de servicios que resulte del concurso de proyectos además también podrá tener por objeto la dirección facultativa de las obras correspondientes, siempre y cuando así se indique en el anuncio de licitación del concurso”. Por tanto, y sin perjuicio de los premios que se establecen, al concursante que sea declarado ganador según lo dispuesto en estas Bases, el órgano de contratación tiene previsto adjudicarle el contrato de servicios de redacción del Proyecto Básico, Proyecto de Ejecución, Seguridad y Salud (estudio y coordinación), Dirección Facultativa y demás trabajos complementarios necesarios para para dar cumplimiento al programa de necesidades contenido en el Anexo técnico. 1.3 El contrato se rige por las presentes Bases y su Anexo técnico, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato. En lo no regulado por estas Bases se le aplicará al presente concurso de proyectos, en todo aquello que resultare de aplicación, las normas y disposiciones reguladoras de la contratación de servicios, según las previsiones de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, así como al Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real decreto 1098/2001, (en adelante RGLCAP), modificado parcialmente por el RD 773/2015 de 28 de agosto, en la parte que no se oponga a los anteriores textos normativos y en tanto continúe vigente. 1.4 El contrato que será objeto de adjudicación como consecuencia de este concurso de proyectos es un contrato de servicios de Arquitectura y por tanto tiene la naturaleza de prestaciones de carácter intelectual a los efectos de aplicación de las previsiones contenidas en la LCSP, teniendo en cuenta además que, por la documentación técnica requerida y metodología de trabajo, conllevan una labor claramente intelectual. 1.5.-A los efectos del presente concurso, el órgano de contratación ostenta todas las prerrogativas y potestades establecidas en el artículo 190 de LCSP. 2.- PARTICIPANTES, INCOMPATIBILIDADES Y DEBER DE ABSTENCIÓN. 2.1 El concurso tiene ámbito nacional y los participantes podrán presentarse a título individual o en equipo siendo, en todo caso, el representante del mismo un Arquitecto/a colegiado/a en un Colegio Oficial de Arquitectos de España. 2.2 Se establecen como causas de incompatibilidad del presente concurso, y, por tanto, no podrán participar en el mismo: a) Miembros que formen parte del Jurado calificador del presente concurso, así como aquellos que hayan participado y/o colaborado en la redacción de las presentes Bases. b) Aquellos arquitectos/as colegiados/as que tengan algún vínculo, en primer grado por consanguinidad o afinidad, con los miembros referidos en el apartado a). c) Aquellos/as arquitecto/as colegiados/as que tengan una cuestión litigiosa ante los tribunales pendiente con la entidad convocante. d) Aquellos/as arquitecto/as colegiados/as que estén ligados por una relación profesional, mercantil y/o laboral, con cualquiera de los miembros señalados en el apartado a) de la presente cláusula. e) Aquellos/as arquitectos/as colegiados/as que estén incursos en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de LCSP. 2.3 Ningún participante en el presente concurso podrá establecer ningún tipo de relación profesional con los miembros del Jurado durante el periodo de celebración del concurso. 2.4 En el supuesto de que alguno de los participantes en el concurso o de los integrantes del equipo ostente la condición de funcionario, deberán presentar autorización de compatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales fuera de las Administraciones públicas, ajustándose a la normativa sobre incompatibilidades aplicable. 3.- PROGRAMA DE NECESIDADES. Las propuestas cuidarán la sostenibilidad y la eficiencia energética. 4.- DOCUMENTACIÓN Y ANONIMATO. La presentación de la documentación requerida para el presente concurso se realizará únicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Tauste. Toda propuesta presentada a través de cualquier otro medio, cauce o canal fuera del medio habilitado para tal fin…
Organismo convocante
TAUSTE — AYUNTAMIENTO DE TAUSTE
Ámbito
Zaragoza
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 6 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Infraestructuras |
| Sector económico | ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS |
| Última actualización BD | 9 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
CONVOCATORIA DE CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA DE LA PLAZA DE ESPAÑA DE TAUSTE.