De 7 de mayo de 2026, por la que se conv. las subvenc. en materia de turismo, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la creación, mejora, adecuación y homogeneización de unidades de gestión turística integrada de los Pueblos Blancos
Denominación oficial: Orden de 7 de mayo de 2026, por la que se conv. las subvenc. en materia de turismo, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la creación, mejora, adecuación y homogeneización de unidades de gestión turística integrada de los Pueblos Blancos
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 2,5 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquier entidad que cumpla los requisitos y la solicite puede recibir la subvención mientras haya fondos disponibles. Está dirigida a organizaciones sin actividad económica que quieran crear, mejorar o adaptar unidades de gestión turística integrada en los Pueblos Blancos de la Sierra de Cádiz, en Andalucía. La ayuda consiste en una subvención económica, sin exigir devolución, y el total disponible es de 2,5 millones de euros para 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio. Primero. Convocatoria Se convocan para el ejercicio 2026, las ayudas previstas en la Orden de 27 de febrero de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en materia de turismo, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la creación, mejora, adecuación y homogeneización de unidades de gestión turística integrada de los pueblos blancos de la Sierra de Cádiz, en el marco del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027 (BOJA n.º 43, de 4 de marzo de 2026). Segundo. Entidades beneficiarias. Serán entidades beneficiarias los Ayuntamientos de los diecinueve municipios que conforman la red de la marca "Pueblos blancos Sierra de Cádiz": Alcalá del Valle, Algar, Algodonales, Arcos de la Frontera, Benaocaz, Bornos, El Bosque, El Gastor, Espera, Grazalema, Olvera, Prado del Rey, Puerto serrano, Setenil de las Bodegas, Torre Alháquime, Ubrique, Villaluenga del Rosario, Villamartín y Zahara de la Sierra. Tercero. Objeto. Constituye el objeto de la presente línea de subvenciones la creación, mejora, adecuación y homogeneización de unidades de gestión turística integrada de los pueblos blancos de la Sierra de Cádiz, en el marco del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden de 27 de febrero de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la creación, mejora, adecuación y homogeneización de Unidades de Gestión Turística Integrada de los Pueblos Blancos de la Sierra de Cádiz, en el marco del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027. Quinto. Financiación. La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al crédito consignado en las partidas presupuestarias indicadas a continuación, en la cuantía total máxima de 2.500.000 €, CONCEPTO PRESUPUESTARIO IMPORTE 1600170000 G/75B/76501/11 A442FAG5K5 2025001058 2026 2.500.000 euros 2. En la financiación de estas subvenciones participa la Unión Europea, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER en un 85%, mediante el Programa Andalucía FEDER 2021-2027. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz y se cumplimentarán de forma electrónica en el Anexo I que se publica junto con esta convocatoria, disponible en la oficina virtual de la Consejería competente en materia de turismo, a la que se podrá acceder a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios disponible en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía. en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html 3. Las solicitudes se presentarán a través de la siguiente dirección electrónica: https://ws072.juntadeandalucia.es/ofvirtual/auth/loginjs?procedimiento=733&conCertificado=1 Igualmente esta dirección será la indicada a efectos de la justificación de la subvención. Séptimo. Otros datos. Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la orden de convocatoria, figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria y se podrá acceder a ellos a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios disponible en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, cuyo enlace se indica en el apartado anterior del presente extracto. También se podrá acceder a los indicados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Octavo. Plazo máximo para resolver y notificar la resolución. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a las entidades interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. Sevilla, en la fecha de la firma digital. EL CONSEJERO DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 6 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 14 de mayo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | 84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental |
| Última actualización BD | 6 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 27 de febrero de 2026, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la creación, mejora, adecuación y homogeneización de Unidades de G