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Subvenciones para la concesión de ayudas a viviendas vacías para alquiler a precio tasado en el ayuntamiento de vigo para 2026-2027

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A VIVIENDAS VACÍAS PARA ALQUILER A PRECIO TASADO EN EL AYUNTAMIENTO DE VIGO PARA 2026-2027

Plazo de solicitud 1 de octubre de 2027
Estado Abierta · quedan 395 días
Código BDNS 904868

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Pontevedra. Presupuesto: 2,1 M€. Se puede solicitar hasta el 1 de octubre de 2027. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 1 de octubre de 2027 y tu expediente se comparará con los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. El ayuntamiento de Vigo destina 2,15 millones de euros a subvenciones en efectivo para propietarios o usufructuarios de viviendas vacías que quieran alquilarlas a precio tasado durante cinco años. La ayuda cubre parte de los gastos de equipamiento, reformas, certificado de eficiencia energética u otros gastos necesarios para poner la vivienda en alquiler. No está dirigida a quien ejerza actividad económica.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede encontrar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/). Primero. Beneficiarios: Las personas físicas o las entidades sin ánimo de lucro, que tengan la condición de propietarias o usufructuarias de una vivienda, que promuevan y ejecuten o hayan ejecutado en los ejercicios 2026 y 2027 las actuaciones para poner su vivienda en régimen de alquiler a precio tasado durante 5 años y cumplan los requisitos previstos en las bases reguladoras para conseguir tal condición. Segundo. Objeto: Cubrir parte de los gastos para equipar la vivienda, realizar obras, o redactar el Certificado de eficiencia energética obligatorio, y/o para contratar seguro de riesgo o multirriesgo mientras dure el contrato de alquiler. Tercero. Bases reguladoras: Las bases reguladoras están publicadas en el BOP de Pontevedra nº 81, de 30 de abril de 2026 y en la página web y portal de transparencia del Ayuntamiento de Vigo (https://sede.vigo.org/expedientes/avisos). Cuarto. Cuantía: La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al tipo de subvención solicitada, el todo caso el importe máximo de las obras subvencionables será de 30.000 euros y la cuantía máxima de las subvenciones será de 20.200? por vivienda. Hasta el importe de 16.000 euros, la subvención municipal será del 80% del importe real y efectivo de la obra, equipamiento y honorarios, hasta un máximo de 12.800 euros por todos estos conceptos descritos, con el máximo de la ayuda de honorarios de 500 euros. Entre 16.000 ? y 30.000? el Ayuntamiento financiará el 30% de los gastos subvencionables con un límite de 4.200?. El importe máximo de la subvención municipal será de 17.000 ? para obras por importe de 30.000?. Adicionalmente el Ayuntamiento de Vigo otorgará una subvención máxima de 3.000 euros para subvencionar el contrato de seguros de impago y multirriesgo durante los 5 años de duración del contrato de alquiler, con el límite del 100% del importe de los seguros. Podrá solicitarse una ayuda de hasta 200 euros, con el límite del 100% para la redacción del certificado de eficiencia energética de la vivienda, si no dispusiera de este certificado. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOP de Pontevedra por conducto de la BDNS y terminará el 01.10.2027. CSV: AHB3B5-ADBD5B-5ADDC5-DMYHL1-CHVG3M- Documento asinado ASINADO POR: CONCELLEIRA DELEGADA DA AREA DE URBANISMO - ( MARIA JOSE CARIDE ESTEVEZ ) 11/05/2026 13:50:45 FD Verificable en www.vigo.org/csv Sexto. Concesión de subvenciones: La concesión de subvenciones será por concurrencia no competitiva, después de la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases y siempre que se disponga de crédito presupuestario suficiente. La selección de beneficiarios será por rigoroso orden de presentación de la solicitud y de toda la documentación completa a la que se refiere la Base 7ª mediante los impresos normalizados.

Organismo convocante

VIGO — AYUNTAMIENTO DE VIGO

Ámbito

Pontevedra

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de mayo de 2026
Fecha inicio de solicitudes12 de mayo de 2026
Fecha fin de solicitudes1 de octubre de 2027

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económico43.3 - Acabado de edificios
Última actualización BD30 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total2,1 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

AYUDAS A VIVIENDAS VACÍAS PARA ALQUILER A PRECIO TASADO EN EL AYUNTAMIENTO DE VIGO

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