Subvenciones para la concesión de ayudas a viviendas vacías para alquiler a precio tasado en el ayuntamiento de vigo para 2026-2027
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A VIVIENDAS VACÍAS PARA ALQUILER A PRECIO TASADO EN EL AYUNTAMIENTO DE VIGO PARA 2026-2027
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Pontevedra. Presupuesto: 2,1 M€. Se puede solicitar hasta el 1 de octubre de 2027. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 1 de octubre de 2027 y tu expediente se comparará con los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. El ayuntamiento de Vigo destina 2,15 millones de euros a subvenciones en efectivo para propietarios o usufructuarios de viviendas vacías que quieran alquilarlas a precio tasado durante cinco años. La ayuda cubre parte de los gastos de equipamiento, reformas, certificado de eficiencia energética u otros gastos necesarios para poner la vivienda en alquiler. No está dirigida a quien ejerza actividad económica.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede encontrar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/). Primero. Beneficiarios: Las personas físicas o las entidades sin ánimo de lucro, que tengan la condición de propietarias o usufructuarias de una vivienda, que promuevan y ejecuten o hayan ejecutado en los ejercicios 2026 y 2027 las actuaciones para poner su vivienda en régimen de alquiler a precio tasado durante 5 años y cumplan los requisitos previstos en las bases reguladoras para conseguir tal condición. Segundo. Objeto: Cubrir parte de los gastos para equipar la vivienda, realizar obras, o redactar el Certificado de eficiencia energética obligatorio, y/o para contratar seguro de riesgo o multirriesgo mientras dure el contrato de alquiler. Tercero. Bases reguladoras: Las bases reguladoras están publicadas en el BOP de Pontevedra nº 81, de 30 de abril de 2026 y en la página web y portal de transparencia del Ayuntamiento de Vigo (https://sede.vigo.org/expedientes/avisos). Cuarto. Cuantía: La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al tipo de subvención solicitada, el todo caso el importe máximo de las obras subvencionables será de 30.000 euros y la cuantía máxima de las subvenciones será de 20.200? por vivienda. Hasta el importe de 16.000 euros, la subvención municipal será del 80% del importe real y efectivo de la obra, equipamiento y honorarios, hasta un máximo de 12.800 euros por todos estos conceptos descritos, con el máximo de la ayuda de honorarios de 500 euros. Entre 16.000 ? y 30.000? el Ayuntamiento financiará el 30% de los gastos subvencionables con un límite de 4.200?. El importe máximo de la subvención municipal será de 17.000 ? para obras por importe de 30.000?. Adicionalmente el Ayuntamiento de Vigo otorgará una subvención máxima de 3.000 euros para subvencionar el contrato de seguros de impago y multirriesgo durante los 5 años de duración del contrato de alquiler, con el límite del 100% del importe de los seguros. Podrá solicitarse una ayuda de hasta 200 euros, con el límite del 100% para la redacción del certificado de eficiencia energética de la vivienda, si no dispusiera de este certificado. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOP de Pontevedra por conducto de la BDNS y terminará el 01.10.2027. CSV: AHB3B5-ADBD5B-5ADDC5-DMYHL1-CHVG3M- Documento asinado ASINADO POR: CONCELLEIRA DELEGADA DA AREA DE URBANISMO - ( MARIA JOSE CARIDE ESTEVEZ ) 11/05/2026 13:50:45 FD Verificable en www.vigo.org/csv Sexto. Concesión de subvenciones: La concesión de subvenciones será por concurrencia no competitiva, después de la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases y siempre que se disponga de crédito presupuestario suficiente. La selección de beneficiarios será por rigoroso orden de presentación de la solicitud y de toda la documentación completa a la que se refiere la Base 7ª mediante los impresos normalizados.
Organismo convocante
VIGO — AYUNTAMIENTO DE VIGO
Ámbito
Pontevedra
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 12 de mayo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 1 de octubre de 2027 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | 43.3 - Acabado de edificios |
| Última actualización BD | 30 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,1 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
AYUDAS A VIVIENDAS VACÍAS PARA ALQUILER A PRECIO TASADO EN EL AYUNTAMIENTO DE VIGO