Subvenciones en materia de Natalidad 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Huesca. Presupuesto: 1.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de diciembre de 2026 y tu expediente se comparará con los de los demás. Cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Se trata de una subvención en efectivo destinada a personas físicas que no tengan actividad económica y que estén empadronadas en Secastilla, siempre que al menos uno de sus progenitores lleve cinco años registrado en el municipio. El objetivo es apoyar la natalidad y el importe total disponible para el año es de 1.000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
SUMARIO Resolución de Alcaldía n.º 52 de fecha 14 de mayo de 2026 por la que se convocan mediante tramitación anticipada subvenciones en materia de Natalidad para el año 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva. TEXTO De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Secastilla. El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 905981. Primero. Beneficiarios. Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria: — Personas empadronadas en el municipio con una antigüedad de, al menos, 5 años de uno de los progenitores. Segundo. Objeto La subvención tiene por finalidad, ayudar a sufragar los gastos que conllevan el nacimiento o la adopción de un hijo. Favorecer el asentamiento de población joven del municipio para luchar contra el envejecimiento y la despoblación estimulando la natalidad en el municipio. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Secastilla en materia de Natalidad, aprobado en fecha 7 de Septiembre de 2023, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 173, de fecha 12 de Septiembre de 2023. Cuarto. Cuantía de la ayuda. Las ayudas concedidas se abonarán, de acuerdo con la normativa presupuestaria, en el ejercicio 2026, en el cual se adquirirá el compromiso de gasto. Por ello, se han habilitado la aplicación presupuestaria e importe que se indica más abajo, de acuerdo con la estimación de créditos para el año 2026: Ejercicio Aplicación presupuestaria Importe 2026 9200.48204 1.000 € Esta cuantía total máxima tiene carácter estimado, puesto que está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de la concesión. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán al alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, para los casos que el nacimiento/adopción, hayan ocurrido con anterioridad a esta publicación. Para el resto de nacimientos o adopciones, el plazo será de 1 mes desde el hecho causante; tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. Sexto. Otros datos. Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes: — Documentos que acrediten la personalidad del solicitante. —Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. — Certificado de nacimiento o adopción. — Ficha de Terceros. En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.
Organismo convocante
SECASTILLA — AYUNTAMIENTO DE SECASTILLA
Ámbito
Huesca
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 21 de mayo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 30 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
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