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APROBACIÓN CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS MUNICIPALES PARA EL SOPORTE A LA ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2025-2026

Denominación oficial: APROBACIÓN CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS MUNICIPALES PARA EL SOPORTE A LA ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2025-2026.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 907597

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 1.745 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

RESOLUCIÓN ALCALDIA APROBACIÓN CONVOCATORIA Y BASES AYUDAS MUNICIPALES PARA LA ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO 2025/2026. Visto que las prestaciones económicas dirigidas a sufragar gastos destinados a cubrir necesidades básicas familiares constituyen uno de los elementos fundamentales de la inclusión social, además de responder a un derecho subjetivo de la ciudadanía Visto que el Ayuntamiento de l'Alqueria de la Comtessa pretende colaborar con las familias en aquellos gastos que resultan imprescindibles para la formación de los menores y que dificulta la gestión de las economías familiares durante el curso escolar. Visto las presentes bases que tienen por objeto la concesión de ayudas para atender los gastos para el soporte de la escolarización del alumnado de Bachillerato y ciclos formativos curso escolar 2025-2026 del tenor literal siguiente: “BASES DE LAS AYUDAS MUNICIPALES PARA LA ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2025/2026. BASE PRIMERA. Objeto de la convocatoria y finalidad El objeto de la presente convocatoria es regular el sistema de concesión de subvenciones en concepto de ayudas para garantizar una educación de calidad para los estudiantes residentes en l'Alqueria de la Comtessa y escolarizados en Centros Públicos y Concertados, en la modalidad de Bachillerato y Ciclos Formativos. De este modo, el Ayuntamiento pretende colaborar con las familias en aquellos gastos que resultan imprescindibles para la formación de los menores y que dificulta la gestión de las economías familiares durante el curso escolar. Las presentas bases se desenrollan en el marco vigente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento 2025-2027, aprobado por el Pleno en sesión ordinaria el día 30 de octubre de 2024. BASE SEGUNDA. Normativa aplicable Para el no previsto en estas bases le será aplicable lo dispuesto en: -Bases de ejecución del presupuesto Municipal. -Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (de ahora en adelante LGS). -Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LGS (de ahora en adelante RLGS). -Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pueda aplicarse. BASE TERCERA. Procedimiento de concesión La concesión de las ayudas reguladas en esta convocatoria, se hará por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23 a 27 de la LGS. Los criterios de valoración se establecen en las presentes bases. BASE CUARTA. Requisitos de los beneficiarios Pueden ser beneficiarios aquellas que cumplan los requisitos siguientes: Estar empadronado/al solicitante y residir en el municipio de L'Alqueria de la Comtessa, al menos desde el 1 de enero de 2025. En caso de que los progenitores estén separados o divorciados será suficiente con que estén empadronados el/la menor y/o el padre, madre o tutor del menor solicitante. La comprobación de este requisito se realizará de oficio por el Ayuntamiento sin que sea necesaria la aportación de ningún documento acreditativo del mismo. Que se encuentran matriculados en centros públicos o concertados en el curso 2025/26. Será imprescindible adjunta a la solicitud tiket o factura de la compra de material escolar o material electrónico como ordenadores, tablets electrónicas, impresoras.... Queda excluido la compra de ropa o calzado, el pago de excursiones o salidas, libros que cuentan con un cheque de compra de la Generalidad Valenciana, contratación de servicios Psicopedagógicos y de orientación.... BASE QUINTA. Cuantía de la ayuda El importe de las ayudas será hasta 150 euros. BASE SEXTA. Criterios de acceso Las solicitudes, siempre que cumplan los requisitos establecidos en estas bases para resultar beneficiarios, serán atendidas de forma directa, siempre que el número de solicitudes no supero el importe total de 31.745,36 euros previsto en la partida presupuestaría para tal finalidad. En caso contrario, se acudirá al procedimiento de concurrencia competitiva y se otorgarán las becas, con preferencia a los beneficiarios matriculados en centros públicos, según los siguientes criterios: Criterios sociales y laborales Criterios económicos 1.-PUNTUACIÓN DE LOS ASPECTOS SOCIALES LABORALES. Famílias numerosas de categoria especial 2 puntos Familias numerosas de categoria general 1 punto Familias monoparentales 2 puntos Discapacidad de algún miembro de la família, família, igual o superior al 33% 1 punto Familias en que los dos progenitores están parados i ninguno recibe prestación ni subsidio 4 puntos Familias en que uno de los dos progenitores están parados i ninguno recibe prestación ni subsidio 3 puntos Familias que los dos progenitores están parados y alguno o los dos reciben prestación o subsidio 2 puntos Familias en riesgo de exclusión social 3 puntos 2.- PUNTUACIÓN DE LA SITUACIÓN ECONÓMICA DE LA UNIDAD FAMILIAR. A efectos de las presentes ayudas, se considera renta anual disponible per cápita de los miembros empadronados, la suma de las siguientes cantidades dividida entre el número de miembros de la unidad familiar: Para los que presentan declaración del IRPF, la parte general de la base imponible y la base imponible del ahorro. Se valorará de acuerdo con la siguiente tabla: Fins 1.407,26 euros 13 puntos De 1.407,27 euros a 1.876,33 euros 12 puntos De 1.876,34 euros a 2.345,40 euros 11 puntos De 2.345,41 euros a 2.814,50 euros 10 puntos De 2.814,51 euros a 3.283,56 euros 9 puntos De 3.283,57 euros a 3.752,66 euros 8 puntos De 3.752,67 euros a 4.221,73 euros 7 puntos De 4.221,74 euros a 4.690,83 euros 6 puntos De 4.690,84 euros a 5.159,90 euros 5 puntos De 5.159,91 euros a 5.628,98 euros 4 puntos De 5.628,99 euros a 6.098,08 euros 3 puntos De 6.098,09 euros a 6.567,15 euros 2 puntos Més de 6.567,15 euros 1 punto Miembros…

Organismo convocante

ALQUERIA DE LA COMTESSA, L' — AYUNTAMIENTO DE ALQUERIA DE LA COMTESSA, L'

Ámbito

Valencia / València

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación22 de mayo de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoQ - EDUCACIÓN
Última actualización BD16 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1.745 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS MUNICIPALES PARA LA ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2025-2026

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