Subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de hasta 1.500 habitantes , para actividades del programa de juventud «Viu el Poble» 2026
Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de hasta 1.500 habitantes , para actividades del programa de juventud «Viu el Poble» 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 62.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de 2003, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans): Primero. Beneficiarios Podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los ayuntamientos de la provincia de Valencia de hasta 1.500 habitantes, según los datos del INE publicados en el Real Decreto 1117/2025, de 3 de diciembre, por el cual se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2025. Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las mancomunidades de municipios. Segundo. Objeto La finalidad es el fomento de las actividades juveniles y la colaboración en el desarrollo de proyectos y actividades dirigidos a la juventud. De acuerdo con lo previsto en los artículos 1.2.1 (realización de actividades juveniles) y 1.2.31 (colaboración con entidades locales en el desarrollo de proyectos y actividades dirigidos a la juventud) de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valencia (OGS). Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de esta convocatoria se establecen en la Ordenanza General de Subvenciones (OGS) de la Diputación de Valencia, aprobada por acuerdo de Pleno de 28 de marzo de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) núm. 101, de 29 de mayo de 2017. Cuarto. Financiación y cuantía La financiación del gasto global de 62.000 euros derivada de la concesión se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 621 33700 46200 (59000 euros) y 621 33700 46800 (3000 euros) del Presupuesto de la Diputación de Valencia del ejercicio 2026. No se exige financiación propia. Cuantía de la subvención. La cuantía subvencionada dependerá de la disponibilidad presupuestaria, sin que pueda exceder de cinco mil euros (5.000 euros) por beneficiario. En ningún caso la cantidad económica concedida podrá ser superior a la solicitada y acreditada. Únicamente se subvencionarán las 39 solicitudes de programaciones para actividades musicales dirigidas a jóvenes «Viu el Poble» 2026, que estén debidamente documentadas y relacionadas en la solicitud y que obtengan la mayor puntuación. En caso de empate en cuanto a puntuación se subvencionarán las solicitudes presentadas por orden de entrada. La cantidad económica estimada de subvención son 1.500 euros para cada una de las 39 solicitudes de ayuntamientos y 2 solicitudes de entidades locales de actividades musicales de las programaciones que obtengan mayor puntuación, siempre que la cantidad de subvención solicitada sea igual o mayor a 1.500 euros. Cuando la cantidad solicitada sea inferior se concederá el importe solicitado. La cuantía de la subvención podrá ser el importe total de los gastos realizados y justificados. Quinto. Presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto. Otros datos Las solicitudes, dirigidas al presidente de la Diputación, se presentarán en la sede electrónica de la Diputación de València (www.sede.dival.es), en la carpeta de Ayuntamientos. En estas se declarará responsablemente que la entidad no está incursa en ninguno de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 6 de la OGS. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. En caso de que se presenten en plazo varias solicitudes se entenderá como válida la presentada en última instancia. A las solicitudes se tendrá que adjuntar la siguiente documentación: a) Breve proyecto (máximo 2 páginas) de la programación de las actividades del programa de juventud «Viu el Poble», que se realizará en formato de feria, muestra o encuentro que difunda, promocione y permita concienciar, sensibilizar y reconocer los derechos de la juventud recogidos en la Ley 15/2017, Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud, para el que se solicita subvención y que ha de incluir, de manera expresa y concisa, al menos los siguientes extremos, necesarios para poder valorar los proyectos de la programación según lo dispuesto en la cláusula Novena (se indica la longitud máxima sugerida para cada uno de estos extremos): Descripción de la programación de la feria, muestra o encuentro de juventud «Viu el Poble», con el número de actividades y antigüedad del proyecto (2 párrafos). Formas de difusión del proyecto (2 párrafos). Calendario de realización previsto que recoja los días de actividad (1 párrafo). Identificación de las personas beneficiarias finales (1 párrafo). Resultados que se pretenden obtener (objetivos) (2 párrafos). Forma de medir estos resultados (indicadores y metodología) (2 párrafos). b) Presupuesto detallado y desglosado por conceptos, que deberá contener la previsión completa de gastos y la previsión completa de ingresos del proyecto de actividades, debidamente equilibrados entre sí, de modo que el importe total de los ingresos coincide con el importe total de los gastos. La relación de ingresos previstos deberá incluir, en todo caso, la subvención solicitada y, en su caso, los ingresos derivados del precio público de las actividades, los recursos propios de la entidad solicitante y cualesquiera otras ayudas o subvenciones concedidas, solicitadas o cuya solicitud se prevea realizar para la misma finalidad.
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales |
| Última actualización BD | 30 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 62.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Convocatoria de subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de hasta 1.500 habitantes , para actividades del programa de juventud «Viu el Poble» 2026