Programa volveremos 2026
Denominación oficial: PROGRAMA VOLVEREMOS 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 4,5 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: hay que presentar la solicitud dentro del plazo y las solicitudes se comparan entre sí, así que cumplir los requisitos no garantiza obtenerla. El programa Volveremos 2026, impulsado por el Ayuntamiento de Zaragoza, destina una subvención en dinero sin devolución a pymes y a personas físicas que desarrollen actividad económica. El objetivo es fomentar el consumo y dinamizar el comercio minorista urbano, apoyando a los comercios que se adhieran a la plataforma Volveremos y a los clientes que realicen sus compras allí.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
EXTRACTO del acuerdo del Gobierno de Zaragoza, adoptado en fecha 22 de mayo de 2026, por el que se aprueban las bases y la convocatoria pública de subvenciones del Programa ?VOLVEREMOS? edición 2026 de fomento del consumo y dinamización de la actividad comercial minorista en el entorno urbano (expediente 0023357/2026). Primero. ? Beneficiarios. Se considerarán beneficiarios de estas ayudas todos los comercios minoristas y servicios incluidos en las categorías o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se relacionan en la base TERCERA adheridos o que se adhieran en cualquier momento del desarrollo de la presente campaña a la plataforma de libre acceso ?Volveremos? y usuarios las personas físicas que realicen sus compras en los comercios adheridos, una vez dados de alta en la aplicación a través de la que se materializa la carga y uso de los descuentos correspondientes generados por las sucesivas compras que se realicen durante la campaña del programa, si bien el importe de los mismos se integraran en el volumen de facturación de ventas de los comercios adheridos en los que se utilicen. Segundo. ? Objeto. Las presentes bases tienen por objeto efectuar la convocatoria de las subvenciones para el año 2026, en virtud del programa «Volveremos» que busca incentivar la adquisición de bienes de consumo y determinados servicios como medio para fortalecer el comercio minorista, sector de la restauración, hostelería y ocio realizado en establecimientos abiertos al público por autónomos, microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYME). Tercero. ? Bases reguladoras. La concesión de la subvención regulada en esta convocatoria se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23 a 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Regulación legal Las subvenciones se regirán, en los términos establecidos en los artículos 3 y 5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por lo dispuesto en estas bases reguladoras; y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público y el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. Supletoriamente, será aplicable la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones aplicables; las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado Régimen de mínimis Las ayudas que se concedan estarán sometidas al régimen de minimis, regulado por el Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013). Cuarto. ? Cuantía. La cuantía máxima prevista para esta convocatoria asciende a 4.500.000,00 ? euros, que podrá ser atendida con aplicación a las partidas presupuestarias establecidas al efecto en el Presupuesto General Municipal del Ayuntamiento de Zaragoza, en concreto para el ejercicio 2024 aparece consignada la aplicación presupuestaria 2026 ECO 4391 47902 denominada ?Plan local de comercio y hostelería. Volveremos?, por un importe de 4.500.000,00 ?. De acuerdo con lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en el artículo 42 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, y en el artículo 40.2 de la Ordenanza General Municipal del Ayuntamiento de Zaragoza, la cuantía máxima de la subvención a conceder podrá ser incrementada en un importe adicional, sin necesidad de nueva convocatoria, siempre y cuando dicho incremento de crédito fuera anterior a la propuesta de resolución de la Convocatoria. La efectividad de la cuantía quedará condicionada a la declaración de disponibilidad de dicho crédito. Quinto.-- Vigencia y Calendario de la Campaña. La campaña «Volveremos 2026» se inicia, una vez publicada la convocatoria, en las fechas y campañas que se anuncien al efecto y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026, salvo que con anterioridad se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias destinadas a esta finalidad. Sexto.- De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans/index), así como en la página web del Ayuntamiento de Zaragoza (http://www.zaragoza.es).
Organismo convocante
ZARAGOZA — AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de junio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | 47 - Comercio al por menor |
| Última actualización BD | 6 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 4,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza General Municipal de Subvenciones