FinalizadaAutonómicaOtras ayudas

La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan, para el ejercicio 2026, subvenciones para sostenimiento de gastos corrientes en mancomunidades

Denominación oficial: Resolución de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan, para el ejercicio 2026, subvenciones para sostenimiento de gastos corrientes en mancomunidades

Plazo de solicitud 3 de julio de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 909615

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 300.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero: Beneficiarios: Las mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana que encontrándose en pleno funcionamiento figuren inscritas en el Registro de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana. Segundo: Finalidad. Convocar para el ejercicio 2026 las subvenciones para el sostenimiento de gastos corrientes en mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana. Tercero: Bases reguladoras. Decreto 3/2016, de 10 de junio, del president de la Generalitat, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al sostenimiento de gastos corrientes de las mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana. http://www.docv.gva.es/datos/2016/06/14/pdf/2016_4423.pdf Cuarto. Importe La cuantía del importe global máximo destinado a financiar dichas subvenciones asciende a 300.000,00 € (trescientos mil euros) con cargo al capítulo IV, línea de subvención S0251 de la aplicación G01050403, programa 125A00, Administración Local y Organización Territorial del Consell, de la prórroga automática de los presupuestos de la Generalitat para 2025 para 2026 Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Sexto. Otros Datos. Serán subvencionables a través del programa de subvenciones convocadas por la presente resolución, los gastos corrientes y de funcionamiento derivados de la realización de algunas de las siguientes actuaciones, incluidas en el capítulo II del presupuesto de gastos del ejercicio presupuestario 2026, y realizados durante el periodo comprendido entre el 1 de enero del ejercicio corriente y el último día del mes en que se lleve a efecto la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la resolución de concesión de las presentes ayudas: a) Arrendamientos de terrenos, edificios, maquinaria, material de transporte, mobiliario, equipos de información y otro inmovilizado material. b) Reparaciones, mantenimiento y conservación de infraestructuras, edificios y locales, maquinaria, material de transporte y otro inmovilizado material excluidas aquellas actuaciones subsumibles en el capítulo VI de gastos de inversión. c) Material no inventariable: material de oficina, prensa, revistas, libros y otras publicaciones y material informático. d) Suministros: electricidad, agua, gas, combustibles, vestuario, productos alimenticios, farmacéuticos y sanitarios, limpieza y aseo, repuestos de maquinaria, utillaje y elementos de transportes, material electrónico y de telecomunicaciones. e) Comunicaciones: telefónicas, postales, telegráficas, informáticas y otros gastos en comunicaciones. f) Servicios externalizados: contratación de servicios municipales mancomunados, con empresas externas. g) Redacción y estudios de trabajos técnicos llevados a efecto por empresas externas.

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE PRESIDENCIA

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación1 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudes4 de junio de 2026
Fecha fin de solicitudes3 de julio de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total300.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

DECRETO 3/2016, de 10 de junio, del president de la Generalitat, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al sostenimiento de gastos corrientes de las mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana.

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