Ayudas de soporte económico a personas con dependencia del municipio de llambilles
Denominación oficial: AYUDAS DE SOPORTE ECONÓMICO A PERSONAS CON DEPENDENCIA DEL MUNICIPIO DE LLAMBILLES
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 8.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en efectivo de hasta 8 000 € para personas con dependencia (gran, severa o moderada) que vivan en Llambilles y no desarrollen actividad económica. Se concede de forma competitiva: debes presentar la solicitud antes del 15 de octubre de 2026 y tu expediente se comparará con los de los demás solicitantes; cumplir los requisitos no asegura la obtención. Es necesario acreditar la residencia continua en el municipio durante los últimos cuatro años y que los ingresos de la unidad familiar no superen los límites establecidos.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Destinatarios Podrán concurrir a estas ayudas las personas físicas empadronadas en el municipio de Llambilles, con niveles de gran dependencia, dependencia severa o moderada y que cumplan los siguientes requisitos: · Acreditar la residencia en el municipio de Llambilles en la fecha de formulación de la solicitud, así como en los cuatro años anteriores y de forma continuada, del beneficiario o del familiar directo de primer grado cuando solo este último resida en Llambilles. · Acreditar que los ingresos de la unidad familiar obtenidos a lo largo del ejercicio anterior a la convocatoria no superen las cantidades que se indican a continuación. Forman unidad familiar todos los miembros que figuren empadronados en el mismo domicilio que el beneficiario, a excepción del cuidador o cuidadora de la persona dependiente cuando esté empadronado/a en el mismo domicilio. Los ingresos máximos del conjunto de la unidad son los que se expresan a continuación, diferenciados segun Grado de Dependencia otorgado: GRADO I GRADO II GRADO III o 1 miembro: 30.000,00 € 40.000,00 € 50.000,00 € o 2 miembros: 40.000,00 € 50.000,00 € 60.000,00 € o 3 miembros: 50.000,00 € 60.000,00 € 70.000,00 € o 4 miembros: 60.000,00 € 70.000,00 € 80.000,00 € En el caso de que el beneficiario tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %, el umbral máximo de ingresos permitido por unidad familiar se multiplicará por 1,5. La renta se acreditará de conformidad con la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas. En el supuesto de que los solicitantes no puedan adjuntar la documentación referida a la capacidad económica y/o estén recibiendo asistencia social relevante, el Ayuntamiento podrá hacer una valoración estimativa de los ingresos de acuerdo con la información de que disponga. En el caso de que en una misma unidad familiar concurra más de un miembro que tenga reconocido un Grado de Dependencia, los umbrales máximos de ingresos permitidos por unidad familiar expresados anteriormente se multiplicarán por el número de miembros que tengan reconocido el Grado de Dependencia. Las situaciones personales que se valorarán serán aquellas que se cumplan en el momento de la solicitud. · Declaración de que ni el solicitante ni su cónyuge disponen de fondos líquidos bancarios que, sumados, tengan un importe superior a 100.000,00 euros en la fecha de presentación de la solicitud. · Tener reconocido un nivel de dependencia en aplicación de los baremos de valoración de los grados y niveles de dependencia (BVD), de acuerdo con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, de aprobación del baremo de valoración de la situación de dependencia establecido en la citada ley, y que a continuación se describe literalmente: a) Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día, o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. Corresponde a una puntuación final del BVD de 25 a 49 puntos. (BVD: Nivel 1 de 25-39 puntos – Nivel 2 de 40-49 puntos). b) Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. Corresponde a una puntuación final del BVD de 50 a 74 puntos. (BVD: Nivel 1 de 50-64 puntos – Nivel 2 de 65 a 74 puntos). c) Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar diferentes actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. Corresponde a una puntuación final del BVD de 75 a 100 puntos. (BVD: Nivel 1 de 75-89 puntos – Nivel 2 de 90-100 puntos). Segundo. Concepto subvencionable Serán objeto de estas ayudas los siguientes gastos: · Importes pagados a cuidadores debidamente contratados. · Obras de adaptación en el domicilio para adecuarlo a la situación de dependencia. · Adquisición de mobiliario y utillaje específico para hacer más confortable la situación de dependencia (camas articuladas, grúas incorporadas a camas, etc.). · Otros gastos que se consideren relacionados con el objeto de estas bases (deberán especificarse). En todos los casos, el gasto deberá haberse pagado con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. El período de realización del gasto comprende desde el día 1 de octubre del ejercicio anterior a aquel en que se convoquen las ayudas y hasta el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Tercero. Bases reguladoras Esta convocatoria se regirá por las bases reguladoras, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 17/06/2025 y publicadas íntegramente en el BOP núm. 120 de 25/06/2025. Cuarto. Créditos presupuestariosLos créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son de 12.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 25.231.48000. Quinto. Importe de la subvenciónLa cuantía máxima de la ayuda de apoyo a las personas con dependencia será de 3.000 €/año/beneficiario.El importe de la ayuda se determinará en función del grado y nivel de dependencia reconocidos/valorados, aplicando criterios de proporcionalidad respecto de la cifra máxima establecida de 3.000 €/año/beneficiario y la cuantía máxima presupuestada en el ejercicio correspondiente en relación con el número de solicitudes presentadas. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes y justificación La presentación de solicitudes se abrirá desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP de Girona y finalizará el 15 de…
Organismo convocante
LLAMBILLES — AYUNTAMIENTO DE LLAMBILLES
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 10 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de junio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 88.1 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores o con discapacidad; 88.9 - Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento |
| Última actualización BD | 14 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 8.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS PARA CONCESIÓN DE AYUDAS DE SOPORTE ECONÓMICO A PERSONAS CON DEPENDENCIA