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Plan 4 línea 3 2026 subvenciones reducción siniestralidad laboral

Denominación oficial: PLAN 4 LÍNEA 3 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL

Plazo de solicitud 30 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 24 días
Código BDNS 911951

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 30.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30/09/2026 y tu proyecto se evaluará junto a los demás, por lo que cumplir los requisitos no asegura que lo obtengas. La subvención, sin devolución, está dirigida a grandes empresas, pymes y autónomos que tengan trabajadores y desarrollen su actividad económica en la Comunidad de Madrid. Sirve para financiar gastos que ayuden a reducir la siniestralidad laboral en los centros de trabajo de la región.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS: XXXXX De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid (https://www.comunidad.madrid ). Primero Beneficiarios Personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid y realicen los gastos o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la Comunidad Autónoma. En caso de trabajadores autónomos, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones den o no ocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena. Segundo Objeto La línea 3 tiene por objeto la realización de Planes de Seguridad Vial Laboral y la aplicación de las medidas establecidas en dichos Planes para evitar los riesgos derivados de la conducción, tales como poner a disposición de los trabajadores medios de transporte colectivos propios o contratados que se destinen a transportar a los trabajadores a sus centros de trabajo o a sus desplazamientos en misión, fomento de transporte público y/o compra o alquiler de bicicletas o patinetes. Tercero Bases Reguladoras Orden de 23 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de junio de 2023 (Núm. 132). Cuarto Cuantía y financiación de las ayudas El presupuesto máximo previsto, para el total de los gastos subvencionables definidos en la convocatoria para la línea 3 asciende a 30.000,00 €. Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones según los tramos siguientes: a) El tramo del total de los gastos acreditados, desde 1.000,00 hasta 10.000,00 euros: Subvención del 100 por 100 de los mismos. (En consecuencia, el tramo de 0 a 999,99 euros no es subvencionable). b) El tramo del total de los gastos acreditados superior a 10.000,00 euros: Subvención del 60 por 100 de los mismos. Se establecen los siguientes importes máximos: o El máximo total a conceder será de 20.000,00 euros por línea. o El importe máximo a conceder, sumados los importes concedidos en todas las líneas en las que se solicite ayuda, será de 30.000,00 euros por empresa y convocatoria. No se admite el pago anticipado a los beneficiarios de la subvención concedida. Quinto Plazo de presentación de solicitudes Comenzará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y concluirá el día 30 de septiembre de 2026. Sexto Gastos subvencionables. 1. Serán gastos subvencionables la elaboración de planes de seguridad vial laboral. 2. Serán gastos subvencionables la implementación de las medidas específicas previstas en planes de seguridad vial laboral de las organizaciones, excluidas la formación en la materia, así como el mantenimiento de vehículos y la inspección técnica de vehículos (ITV). No serán objeto de subvención: • Renting de vehículos • Tarjetas de taxi o tarjetas de parking. • La adquisición de vehículos destinados al transporte de personas y mercancías.

Organismo convocante

COMUNIDAD DE MADRID — INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST)

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación10 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental
Última actualización BD30 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total30.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN DE 23 DE MAYO DE 2023, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO,POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, DURANTE LA VIGENCIA DEL VI PLAN DIRECTOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE M

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General