Abierta · quedan 32 díasLocalCultura

Escuelas de música dependientes de asociaciones sin ánimo de lucro

Denominación oficial: ESCUELAS DE MÚSICA DEPENDIENTES DE ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Plazo de solicitud 30 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 32 días
Código BDNS 913191

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Pontevedra. Presupuesto: 140.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Es una subvención competitiva que se solicita antes del 30 de septiembre de 2026. Sólo pueden presentarla entidades sin ánimo de lucro que gestionen escuelas de música en la provincia de Pontevedra y que estén registradas en el registro gallego de escuelas de música y danza. El dinero sirve para cubrir gastos corrientes y de personal durante 2026. No se financian la compra de instrumentos, equipos informáticos, sonido ni mobiliario. La ayuda se entrega en forma de una partida económica sin que tengas que devolverla.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

1. Entidades beneficiarias Las entidades titulares de las escuelas de música dependientes de asociaciones sin ánimo de lucro que tengan entre sus objetivos la formación musical, que estén inscritas en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia, dependiente de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, antes de finalizar el plazo establecido para la presentación de solicitudes, y que tengan el domicilio fiscal en la provincia de Pontevedra. 2. Objeto Serán objeto de subvención los gastos corrientes y de personal necesarios durante el año 2026 en el desarrollo de sus actividades docentes para el funcionamiento de las escuelas de música. No podrán ser objeto de subvención los siguientes conceptos: - La adquisición de instrumentos musicales - La compra de equipos informáticos y de sonido - La adquisición de mobiliario - El desarrollo y el mantenimiento de aplicaciones informáticas - Los gastos propios de la banda de música (vestuario, desplazamientos, seguros o cuotas de federaciones, etc.) 3. Legislación aplicable Bases de subvenciones aprobadas por el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Pontevedra del 12 de junio de 2026, Ordenanza general de subvenciones de la Diputación, Bases de ejecución do Orzamento provincial para el ejercicio 2025, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administracións y demás legislación aplicable. 4. Cuantía 144.000,00 €. 5. Plazo de presentación Empezará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y finalizará el 30 de septiembre de 2026. 6. Otros datos de interés - Solicitudes y documentación: las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Diputación de Pontevedra (https://sede.depo.gal). Cada entidad podrá presentar una única solicitud, en modelo normalizado y tal como figura en la base quinta. - Durante la tramitación de este procedimiento todos los trámites administrativos deberán efectuarse electrónicamente a través del modelo ““2887054 Trámites administrativos genéricos distintos de la solicitud”, disponible en https://sede.depo.gal. - Notificaciones: se practicarán sólo por medios electrónicos, en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común - Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva - Criterios de valoración: los establecidos en la base décima de la convocatoria - Gastos subvencionables: gastos corrientes y de personal - Compatibilidad: si - Forma de pago: transferencia - Forma de justificación: mediante la presentación de facturas, de la cuenta justificativa de los gastos en la que se determinará el coste o gasto total de la finalidad subvencionada en la que se pondrá de manifiesto que los gastos que figuran en ella se aplicaron a la finalidad para la que se concedió la ayuda y la acreditación de la debida difusión, en los términos previstos en la base decimotercera de la convocatoria. - Plazo máximo de justificación: 31 de enero de 2027

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA — CULTURA

Ámbito

Pontevedra

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación16 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudes18 de junio de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico90 - Actividades de creación artística y artes escénicas
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total140.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ESCUELAS DE MÚSICA DEPENDIENTES DE ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

· Objetivos