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16/06/2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar para el alumnado matriculado en centros docentes no universita

Denominación oficial: Resolución de 16/06/2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar para el alumnado matriculado en centros docentes no universita

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 913395

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 11,0 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto 1. Financiar el uso de libros de texto en cualquiera de sus formatos, en régimen de préstamo, para el alumnado matriculado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha, en las etapas de educación primaria y de educación secundaria obligatoria. Se incluye el material curricular para los alumnos con necesidades educativas especiales escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos. Las modalidades de este programa de ayudas son las siguientes: a) Modalidad 1.- Libramiento de fondos a centros públicos de Castilla-La Mancha para la adquisición de libros de texto destinados a su uso en régimen de préstamo para el alumnado. b) Modalidad 2.- Subvención para la adquisición de libros de texto destinados a su uso en régimen de préstamo para el alumnado en centros privados concertados de Castilla-La Mancha. 2. Financiar el servicio de comedor de mediodía del alumnado matriculado en educación infantil de segundo ciclo o en educación primaria en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha, durante los periodos tanto lectivos como no lectivos de un curso escolar. Se incluye la financiación total del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros públicos de educación especial. Segundo. Beneficiarios 1. Para el uso de libros de texto y material curricular: a) El alumnado matriculado en educación primaria y en educación secundaria obligatoria en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha y que no participa en el Banco de Libros por no reunir los requisitos establecidos en el Decreto 26/2024, de 4 de junio, por el que se regula el programa de reutilización de libros de texto y material curricular, mediante la creación de un banco de libros en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. b) El alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos. c) Los centros educativos privados concertados. 2. Para las ayudas en especie en comedores escolares, el alumnado matriculado en educación infantil, segundo ciclo, y en educación p rimaria en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha. Asimismo, será beneficiario el alumnado escolarizado en centros de educación especial públicos. Tercera. Bases reguladoras Decreto 47/2025 de 1 de julio, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, matriculados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha (DOCM nº 125 de 1 de julio), modificado por el Decreto 86/2025 de 21 de octubre (DOCM nº 208 de 28 de octubre). Cuarto. Cuantía 1. El crédito destinado a la financiación de este programa de ayudas para el curso escolar 2026/2027 es de 10.960.000 €. 2. Para la adquisición de libros de texto y material curricular, se establece una cuantía máxima individual en función del nivel de renta y nivel educativo: Nivel educativo Importe máximo de la ayuda. 1º y 2º Primaria 140 € 3º, 4º, 5º y 6º Primaria 175 € 1º, 2º, 3º y 4º Secundaria 240 € 3. En el caso de la ayuda de comedor la cuantía individual será del 100 % o del 50 % del importe del coste del servicio, en función del nivel de renta. Quinto. Presentación de solicitudes. Forma y plazo. Se establecen dos períodos de presentación de solicitudes: a) Un periodo ordinario para el alumnado que se encuentre escolarizado en centros educativos de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos y para el alumnado que haya participado en el proceso de admisión en centros educativos de Castilla-La Mancha para el curso 2026/2027. Para este periodo ordinario el plazo será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. b) Un periodo extraordinario, durante la primera quincena de septiembre de 2026, para el alumnado que proceda de un curso o un centro educativo no adherido al Banco de Libros y para el alumnado que se matricule en dicho periodo en cualquiera de las enseñanzas incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 47/2025, de 1 de julio, en centros docentes de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos. También podrá solicitar estas ayudas, durante todo el curso escolar: - el alumnado escolarizado durante el curso o si por circunstancias sobrevenidas se produce un cambio de situación familiar, de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Decreto 47/2025, de 1 de julio, según su redacción modificada por el punto cuatro del Decreto 86/2025 de 21 de octubre. - el alumnado que haga nueva matrícula por traslado. Las solicitudes del alumnado se presentarán por el padre, madre o tutor legal, de forma electrónica, mediante la cumplimentación y el envío telemático del formulario de solicitud a través de la plataforma EducamosCLM (https://educacion.castillalamancha.es/educamosclm), que estará disponible en dicha plataforma con ocasión de la publicación de esta resolución y será accesible, asimismo, desde la Sede Electrónica del Gobierno de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/). Las solicitudes de los centros educativos privados concertados para la modalidad de uso de libros de texto se presentarán exclusivamente de forma telemática, con firma electrónica, a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/), mediante la cumplimentación y el envío del formulario disponible en dicha Sede Electrónica y en el Portal de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (https://educacion.castillalamancha.es). Será condición necesaria para que el alumnado solicitante matriculado en centros concertados en los cursos establecidos en esta modalidad, pueda resultar usuario de los…

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación16 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadEducación
Sector económicoQ - EDUCACIÓN
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total11,0 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Decreto 47/2025 de 1 de julio, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para Educación Infantil y primaria en CLM

Reglamento UE aplicable

· Objetivos