FinalizadaAutonómicaCultura

SUBVENCIÓN INSTALACIONES DEPORTIVAS AYUNT. MENOS 2.500 HABITANT. 2026

Plazo de solicitud 22 de julio de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 914395

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 660.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif.): 914395 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Comunidad de Madrid. Primero. Beneficiarios Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que tengan una población de derecho de menos de 2.500 habitantes según las cifras de población del I.N.E., resultantes de la última revisión del Padrón Municipal, a fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas Segundo. Objeto Se convocan para el año 2026, en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, subvenciones para financiar las inversiones en las instalaciones deportivas municipales con la finalidad de mejorar la seguridad, accesibilidad, eficiencia energética, digitalización y el mantenimiento operativo de las mismas y que no hayan sido incluidas en el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid. Tercero. Periodo subvencionable Las inversiones subvencionables deberán haber sido realizadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2026. Cuarto. Bases Reguladoras ORDEN 874/2026, de 8 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a financiar las inversiones que los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes lleven a cabo en las instalaciones deportivas municipales, con la finalidad de mejorar la seguridad, accesibilidad, eficiencia energética, digitalización y el mantenimiento operativo de las mismas. Quinto. Cuantía total El importe total destinado a esta convocatoria es de 660.000 euros. Sexto. Importe máximo de subvención por Ayuntamiento La subvención máxima por Ayuntamiento será de 15.000 euros y no podrá superar el número de una actuación, que represente una única unidad funcional. Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles y se iniciará a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del presente Extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, 18 de junio de 2026.- El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Mariano de Paco Serrano.

Organismo convocante

COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación19 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudes2 de julio de 2026
Fecha fin de solicitudes22 de julio de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico93.1 - Actividades deportivas
Última actualización BD9 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total660.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN 874/2026, DE 8 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LAS INVERSIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE MENOS DE 2.500 HABITANTES

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

· Objetivos