Abierta · quedan 144 díasLocalOtras ayudas

Convocatoria 2026 para la concesión de ayudas económicas en los tributos municipales para atender situaciones especiales

Plazo de solicitud 31 de enero de 2027
Estado Abierta · quedan 144 días
Código BDNS 914829

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 200.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de enero de 2027. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: debes presentar la solicitud antes del 31 / 01 / 2027 y tu expediente será comparado con los de otros solicitantes, así que cumplir los requisitos no garantiza que la recibas. Se trata de una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a personas que no tienen actividad económica y que se encuentran en una situación especial que les impide pagar sus tributos municipales, como el IBI, el impuesto de vehículos o las tasas de basura, en el municipio de Vilanova i la Geltrú, Barcelona. El fondo total disponible es de 200 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero: Beneficiarios de la subvención: Personas que se encuentren en situacions especiales, que les impida hacerse cargo de la totalidad o de una parte de sus obligaciones tributarias.Segundo: Objetivo de la subvención o ayuda: Concesión de ayudas económicas para el pago de los tributos municipales a las personas que se encuentren en situacions especiales.Tercero: Bases reguladoras: aprobadas por el Pleno del día 2 de julio de 2018 y publicadas en el BOPB de fecha 12 de julio de 2018.Cuarto: Plazo de presentación de solicitudes:- Letras A).a), A).b), A).c), A).e), B).a), B).b), B).c), y B).g) del Número 1 de la presente convocatoria, correspondientes a los tributos de cobro periódico por recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, Tasa de Basuras Domiciliarias y Tasa de Basuras de Actividades, hasta el día 31 de julio de 2026.En el caso de alta de hechos imponibles del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Tasa de Basuras Domiciliarias y Tasa de Basuras de Actividades, tres meses desde la notificación de la liquidación de alta. En el caso de alta de vehículos, tres meses desde el pago de la declaraciónliquidación correspondiente.- Letras B).d), B).e) y B).f), del Número 1 de la presente convocatoria, correspondientes a Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Tasa para la intervención de la Administración en actividades de edificación, uso del suelo, vía pública y medio ambiente, y Tasa para la prestación de los servicios de intervención administrativa en la actividad de la ciudadanía y las empresas através del sometimiento a previa licencia, comunicación previa o declaración responsable, así como para los controles de las actividades, los controles periódicos y las revisiones periódicas:Si la solicitud (de licencia, comunicación previa o declaración responsable) se ha presentado entre los días 1 de enero y 30 de junio de 2026, hasta el 31 de julio de 2026.Si la solicitud (de licencia, comunicación previa o declaración responsable) se ha presentado entre los días 1 de julio y 31 de diciembre de 2026, en el plazo de un mes des de la presentación de la solicitud computándose de fecha a fecha.- Letras B).d).1.l) y B).d).2.b) del Número 1 de la presente convocatoria: Si la certificación energética se ha obtenido entre los días 1 de enero y 30 de junio de 2026, hasta el 31 de julio de 2026.Si la certificación energética se ha obtenido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026, en el plazo de un mes desde la obtención de la calificación a contar de fecha a fecha.- Letra A).d) del Número 1 de la presente convocatoria, correspondiente al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:Si el plazo de presentación de la autoliquidación, previsto en el artículo 8 de la Ordenanza Fiscal número 6 reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valorde los Terrenos de Naturaleza Urbana, ha finalizado o finaliza antes del 31 de julio de 2026, hasta esta fecha.Si el plazo de presentación de la autoliquidación, previsto en el artículo 8 de la Ordenanza Fiscal número 6 reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, está comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2026, la solicitud se tiene que presentar dentro del mismo plazo de presentación de la autoliquidación.Quinto: Contra este acto, que agota la vía administrativa y es inmediatamente ejecutivo, se puede interponer los siguientes recursos:Con carácter potestativo, recurso de reposición delante del mismo órgano que ha dictado el acto, dentro del plazo de un mes, a contar des del día siguiente al de su notificación, o en su defecto, des de su fecha de publicación.Alternativamente, recurso contencioso administrativo delante los juzgados Contenciosos Administrativos de Barcelona, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o en su defecto, desde su fecha de publicación.Contra la resolución del recurso de reposición, se puede interponer recurso contencioso administrativo, delante de los juzgados Contenciosos Administrativos de Barcelona, en el plazo de dos meses, a contar des del día siguiente al de recepción de la notificación o publicación de su resolución, si ésta fuera expresa; sino lo fuera, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente al que se produjera la desestimación presunta del recurso.También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.

Organismo convocante

VILANOVA I LA GELTRÚ — AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ

Ámbito

Barcelona

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación23 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudes30 de junio de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de enero de 2027

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económicoOTROS SERVICIOS
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total200.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases para la Concesión de Ayudas Económicas en los Tributos Municipales para atender situaciones especiales