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AYUDAS DIRIGIDA A ASOCIACIONES, CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS FEDERADOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DENTRO DEL ÁMBITO DE LA CULTURA/JUVENTUD, DEPORTE Y ACTIVIDADES SOCIALES Y EDUCATIVAS. 2026

Denominacion oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS DIRIGIDA A ASOCIACIONES, CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS FEDERADOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DENTRO DEL ÁMBITO DE LA CULTURA/JUVENTUD, DEPORTE Y ACTIVIDADES SOCIALES Y EDUCATIVAS. 2026

Estado

No disponible

💰Importe

50.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Córdoba. Presupuesto total: 50.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

EXTRACTO DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DIRIGIDA A ASOCIACIONES, CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS FEDERADOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DENTRO DEL ÁMBITO DE LA CULTURA/JUVENTUD, DEPORTE Y ACTIVIDADES SOCIALES Y EDUCATIVAS Primero. La presente convocatoria tiene por objeto regular la subvención de las Asociaciones, Colectivos, Clubes y deportistas carloteños que realicen una labor englobada dentro de los diferentes ámbitos de actuación donde desarrolla su trabajo el Ayuntamiento de La Carlota relativas a las actividades desarrolladas por estos colectivos carloteños durante el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, y en ejecución de lo dispuesto en la la Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017 (B.O.P.. nº 95 de 22 de mayo de 2017), así como también de acuerdo con el Plan Estratégico Municipal de Subvenciones; las Bases de Ejecución del Presupuesto municipal del año 2024, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley Serán subvencionables los gastos realizados por los beneficiarios que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la subvención desde el día 01 de enero al 31 de diciembre del corriente, en las condiciones establecidas en la normativa de Subvenciones y en la presente convocatoria. Segundo. Beneficiarios. Podrán concurrir a esta convocatoria todas las Asociaciones, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota, así como deportistas federados empadronados en el municipio, destinadas al fomento de las actividades culturales, juveniles, deportivas y sociales, con personalidad jurídica propia, constituidas legalmente, y que realicen su actividad general en el término municipal de La Carlota, desarrollando proyectos y actividades dentro de su ámbito de actuación, con proyección o impacto sobre la población carloteña.. Los deportistas federados, sólo podrán participar en la presente línea de ayudas, si el Club al que pertenecen, no ha procedido a presentar una solicitud de ayuda para la misma convocatoria, y los mismos participan en competiciones oficiales de nivel autonómico, nacional o internacional. Para ser beneficiarias de las ayudas o subvenciones, los solicitantes deberáncumplirlossiguientesrequisitos: 1.- Estar legalmente constituidas como tales con inscripción actualizada en el Registrode Asociaciones del Ayuntamiento de La Carlota a la fecha de solicitud, y para elsupuesto dedeportistasindividualesencontrarsefederados. 2.- Noestarincursaslaspersonasjurídicas,lasentidadesolaspersonasqueostentanla representación legal de las mismas en alguno de los supuestos de prohibición, paraobtenerlacondicióndebeneficiariodesubvencionesporincapacidadoincompatibilidad,establecidasenelart.13delaLey38/2003,GeneraldeSubvenciones. 3.-Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas, locales ydelaSeguridadSocial. 4.- En el supuesto de deportistas individuales sólo podrán participar en la presente convocatoria los que hayan participado como mínimo en competiciones oficiales de carácter autonómico. 5.- Las entidades asociativas que pretenden aspirar al otorgamiento de una ayuda deben haber cumplido con los trámites previstos en el artículo 34 del Reglamento de Participación Ciudadana de este Ayuntamiento, consistente en la presentación anual del número de asociados a 31 de diciembre, así como de las modificaciones producidas, en su caso en la composición de la Junta Directiva y el presupuesto y programa de actividades del año entrante. Tercero.- Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por en el Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017 y publicada en el B.O.P.. nº 95 de 22 de mayo de 2017, así como por la presente convocatoria, aprobadas por Resolución de Alcaldía número 2179 de 23 de junio del corriente. Cuarto. Importe. La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria en el presupuesto del Ayuntamiento de La Carlota para el ejercicio que corresponda. La retención de crédito realizada en la partida: Subv. Asociaciones, hermandades y otras sin ánimo de lucro con número 2310.48007 asciende al importe de 50.000,00 €, estableciéndose un reparto para cada línea de actuación por un importe de 16.666,66€. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ DÍAS HABILES, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba el presente extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Sexto.- Otros datos. La solicitud y resto de documentación se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota., o en la página web municipal: http://www.lacarlota.es/, siendo presentado en el Registro electrónico del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, habida cuenta de la obligación de dicho colectivo de comunicarse con la administración por medios electrónicos, e irán dirigidas a la Alcaldía de es este Ayuntamiento, sin perjuicio de que si el solicitante es persona física pueda presentar en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avda. Carlos III, 50. ; o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 01 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion24 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total50.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector economicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA

Informacion completa

Bases reguladorasOrdenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 20
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