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SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE MEJORA DE LAS CONDICIONES DE EMPLEABILIDAD DE LAS PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA – AÑO 2026

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE MEJORA DE LAS CONDICIONES DE EMPLEABILIDAD DE LAS PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA – AÑO 2026

Plazo de solicitud 5 de agosto de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 920124

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Córdoba. Presupuesto: 384.737 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.- Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención. Podrán adquirir la condición de beneficiarias y solicitar la subvención convocada aquellas entidades que, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos: Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro. Estar circunscrito el objeto social o los fines de la entidad al ámbito de lo social. No encontrarse en ninguno de los supuestos de prohibición para la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Córdoba. No tener pendiente de justificación ninguna subvención del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba por causa imputable a la entidad. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, y frente a la Seguridad Social. Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba. Todos y cada uno de los requisitos señalados anteriormente para obtener la condición de beneficiario de la subvención deberán mantenerse hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución. En todo caso, cada entidad solicitante habrá de acreditar el cumplimiento de los requisitos arriba exigidos en la forma especificada en las Bases Séptima y Octava de las Bases Reguladoras de la subvención. A esta Convocatoria se podrá concurrir de manera individual o de manera conjunta con otras organizaciones. En este último caso, todas las entidades integrantes de la agrupación sin personalidad deberán cumplir los requisitos señalados anteriormente y los establecidos en la letra b) del artículo 4.1 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba, debiendo indicar en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos y la identidad del representante o apoderado único de la agrupación que hayan nombrado, con poderes bastantes, para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a dicha agrupación. Los miembros integrantes, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios, responderán solidariamente del buen fin de la subvención, no pudiendo disolver la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, a tenor de lo regulado en el artículo 13.2.i) de la meritada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las referidas agrupaciones no podrán acceder a la condición de beneficiario cuando concurra en cualquiera de sus miembros alguna de las prohibiciones contempladas en el reseñado artículo 13.2. Además de aquellas entidades en las que concurra cualquiera de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tampoco podrán adquirir la condición de beneficiarios de las subvenciones objeto de esta Convocatoria: Instituciones y servicios dependientes del Estado. Las Administraciones Autonómicas. Las Corporaciones Locales. Las empresas públicas y privadas. Las entidades que, tras haber presentado la solicitud de manera individual, decidan concurrir a través de una agrupación de las previstas en la letra b) del apartado 1 del artículo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba, o a la inversa. Segundo.- Objeto. La presente Convocatoria, junto con las Bases Reguladoras, tienen por objeto establecer el régimen jurídico y el procedimiento de concurrencia competitiva aplicables a las subvenciones de la Delegación de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, con las que se persigue promover el desarrollo de proyectos de mejora de las condiciones de empleabilidad de personas en riesgo de exclusión social residentes en el término municipal de Córdoba, como complemento de las atribuciones y actividades que tiene conferidas dicha Delegación, así como convocar las citadas subvenciones para el presente año 2026. Se subvencionarán total o parcialmente los gastos presupuestados de aquellos proyectos a desarrollar en el término municipal de Córdoba que, reuniendo los requisitos exigidos en las Bases Reguladoras y dirigidos a la población desfavorecida en riesgo de exclusión social residente en dicho territorio, se inicien en el año 2026 a partir de la publicación del presente extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalicen antes del 15 de junio de 2027, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la Base Decimoctava de las Bases Reguladoras respecto de la modificación de proyectos. Tercero.- Bases Reguladoras. El marco general que regula todas las Convocatorias de subvenciones y ayudas de esta Entidad Local se encuentra recogido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba (B.O.P., núm. 167, de 3 de octubre de 2005), a la que se puede acceder desde la siguiente dirección web: https://www.cordoba.es/el-ayuntamiento/ordenanzas-bandos-y-otros/ordenanzas-y-reglamentos-municipales-no-fiscales/subvenciones-y-patrocinios La consulta a las Bases Reguladoras y Convocatoria que por este Anuncio se publicita, podrá efectuarse a través de la siguiente dirección web: https://www.cordoba.es/servicios/servicios-sociales/subvenciones Cuarto.- Cuantía. La presente Convocatoria se halla dotada de una cuantía de 384.737,14 €, que se distribuirá entre los proyectos de inserción socioprofesional presentados en tiempo y forma de acuerdo con lo estipulado en las Bases Reguladoras, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto municipal vigente: 243.966,31 € con cargo a la aplicación Z E10 2314 48946 0 - COOP.SOCIAL. CONV. SUBV…

Organismo convocante

CÓRDOBA — AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA

Ámbito

Córdoba

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación17 de julio de 2026
Fecha inicio de solicitudes22 de julio de 2026
Fecha fin de solicitudes5 de agosto de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Última actualización BD9 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total384.737 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

MARCO GENERAL QUE REGULA TODAS LAS AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA: Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba

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