Las subvenciones "Tenerife Joven en Acción - Impulso a Iniciativas Juveniles de Empresas, Asociaciones y Agrupaciones Informales 2026
Denominación oficial: Convocatoria de las subvenciones "Tenerife Joven en Acción - Impulso a Iniciativas Juveniles de Empresas, Asociaciones y Agrupaciones Informales 2026”
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Tenerife. Presupuesto: 150.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta subvención se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo indicado y tu proyecto será comparado con los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Está dirigida a jóvenes que quieran lanzar iniciativas o a proyectos que beneficien a la juventud en Tenerife, tanto de grandes empresas, pymes, asociaciones, como de personas que no tengan actividad económica. El objetivo es financiar propuestas que fomenten la participación, el liderazgo y el emprendimiento juvenil en la isla.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
PRIMERO. OBJETO Esta línea tiene por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a financiar proyectos promovidos por jóvenes o dirigidos a la población juvenil de la isla de Tenerife, así como establecer su convocatoria. Con esta convocatoria se persiguen las siguientes finalidades: • Fomentar la participación juvenil activa. • Impulsar el liderazgo joven en el ámbito social, cultural, medioambiental, tecnológico y comunitario. • Apoyar el emprendimiento y la innovación social juvenil. • Dinamizar la vida juvenil en los municipios de la isla. • Reforzar la corresponsabilidad y la cohesión territorial en materia de juventud. Quedan excluidas en todo caso aquellas actuaciones que promuevan el racismo, la xenofobia, la violencia contra las mujeres, la LGTBIfobia u otros comportamientos contrarios al ordenamiento jurídico o a los valores democrático, así como aquellas actuaciones que inciten al consumo de sustancias, drogas, alcohol o similar, por parte de las personas jóvenes SEGUNDO. BENEFICIARIOS Se establecen tres modalidades, cada una dirigida a personas, entidades o agrupaciones determinados: A. MODALIDAD A – Empresas privadas: personas trabajadoras autónomas, microempresas o PYMES, cooperativas o sociedades laborales. B. MODALIDAD B – Entidades sin ánimo de lucro: asociaciones juveniles y cualesquiera otras asociaciones o entidades con personalidad jurídica propia sin ánimo de lucro, debidamente constituidas y registradas conforme la legislación aplicable. C. MODALIDAD C – Agrupaciones juveniles informales: grupos de jóvenes de entre 3 y 10 personas (de entre 18 a 35 años), sin personalidad jurídica propia; deberán nombrar una persona representante con quien se entenderán las actuaciones y que recibirá el abono, y formular un compromiso de responsabilidad solidaria. TERCERO. BASES REGULADORAS Aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo de Tenerife, en sesión ordinaria celebrada el 3 de junio de 2026 (AC0000027982). CUARTO. CRITERIOS DE BAREMACIÓN El importe de la ayuda a conceder a cada ayuntamiento beneficiario se calculará mediante la distribución a partes iguales del crédito convocado entre el número total de beneficiarios, hasta el máximo del importe solicitado o declarado subvencionable en su caso. Si por la aplicación de este límite de máximo subvencionable existiese sobrante de crédito convocado y alguna de las actuaciones declaradas elegibles viene siendo realizada por el ayuntamiento beneficiario durante los últimos veinte (20) años, y así lo acredita debidamente en la memoria presentada con la solicitud, el importe sobrante será distribuido entre los ayuntamientos beneficiarios que se encuentren en esta situación, hasta alcanzar el importe máximo subvencionable. De existir sobrante, será distribuido a partes iguales entre el resto de ayuntamientos beneficiarios. QUINTO. CUANTÍA Estas ayudas se financiarán, por un importe total de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €), de los que CIEN MIL EUROS (100.000,00 €) se destinarán a sufragar las subvenciones concedidas en la modalidad A, y CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) a sufragar las subvenciones concedidas con en la modalidad B y C, con arreglo al siguiente desglose: MODALIDAD A: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 26 1012 3373 47900; IMPORTE 100.000,00 € MODALIDAD B y C: APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 1012 3373 48940; IMPORTE 50.000,00 € SEXTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES La convocatoria se realiza en régimen abierto. El plazo para la presentación de solicitudes será A. Diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife del extracto de la convocatoria. B. Desde el 01 hasta el 14 de septiembre de 2026, ambos inclusive. La documentación que deberá acompañar la solicitud será la siguiente: A. Memoria conforme al modelo normalizado obrante como anexo I al presente documento. B. Documentación general según la naturaleza de la persona o entidad solicitante de la subvención: 1) Empresas: • Escrituras de constitución de la entidad, debidamente registradas • Acreditación de la persona que ostente la representación, por cualquiera de los medios admitidos en Derecho: poder notarial, documento del órgano directivo de la entidad que le acredite como representante, certificado del/a Secretario/a, etc 2) Personas físicas (autónomos/as): • Acreditación de la condición de trabajador/a autónomo/a. 3) Asociaciones sin ánimo de lucro: • Estatutos de constitución de la asociación y acreditación de su registro. • Acreditación de la persona que ostente la representación, por cualquiera de los medios admitidos en Derecho: poder notarial, documento del órgano directivo de la entidad que le acredite como representante, certificado del/a Secretario/a, etc. 4) Agrupaciones juveniles informales: la solicitud deberá ser presentada por la persona que represente a la agrupación; la memoria a que se refiere la letra A) anterior deberá incluir relación de todas las personas mayores de edad que integren la agrupación. C. En caso de no disponer de Alta de Terceros con el Cabildo Insular de Tenerife o modificación de datos de la cuenta corriente abierta a nombre de la persona o entidad solicitante, se tramitará directamente a través de la sede electrónica de esta Corporación Insular (https://sede.tenerife.es/es/tramites/1252748-Alta-o-Modificacion-de-los-datosde-terceros) adjuntando a la documentación de solicitud el justificante de su tramitación en la sede. La presentación de la solicitud se realizará en la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife (https://sede.tenerife.es) conforme a las siguientes instrucciones: A. En la sección de “Trámites” de la sede electrónica podrá acceder a los trámites y utilizando el buscador (https://sede.tenerife.es/es/tramites) podrá encontrar el procedimiento de subvenciones cuya solicitud quiere presentar. B. Utilizando el botón de "Acceder para tramitar por…
Organismo convocante
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
Ámbito
Tenerife
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 94.9 - Otras actividades asociativas |
| Última actualización BD | 28 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 150.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Anuncio disponibilidad de créditos para ampliación ↗
- Anexo I ↗
- Documento contable ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Anexo II ↗
- Línea de la subvención 2026-000931 ↗
- Anexo III ↗
- Extracto del acuerdo de 3 de junio de 2026 (AC0000027982), del Consejo de Gobierno del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, celebrado en sesión ordinaria, por el que se aprueba de forma conjunta las bases y convocatoria de las subvenciones "Tenerife Joven en Acción - Impulso a Iniciativas Juveniles de Empresas, Asociaciones y Agrupaciones 2026” ↗
Bases reguladoras
Bases y convocatoria de las subvenciones "Tenerife Joven en Acción - Impulso a Iniciativas Juveniles de Empresas, Asociaciones y Agrupaciones 2026”