Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura
Denominación oficial: Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: EXTREMADURA, ANDALUCIA. Presupuesto: 200,0 M€. Se puede solicitar hasta el 20 de diciembre de 2027. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, por lo que no es una convocatoria abierta; el dinero tiene ya un destinatario concreto y la publicación solo cumple con la obligación de transparencia. Se trata de una subvención en efectivo, sin necesidad de devolverlo, destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica y que han sufrido los efectos de fenómenos meteorológicos en Extremadura y Andalucía. La finalidad es financiar otras actuaciones de carácter económico relacionadas con esos daños. El plazo que figuraba en la convocatoria era hasta el 20 de diciembre de 2027.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Ayuda de MINISTERIO DEL INTERIOR dirigida a PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. Aplicable en ES43 - EXTREMADURA. Tipo: Concesión directa - instrumental. Finalidad: OTRAS ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. Gestionada por D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS. Para solicitarla, consulta el portal oficial de la BDNS.
Organismo convocante
MINISTERIO DEL INTERIOR — D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS
Ámbito
EXTREMADURA, ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Territorios donde se puede solicitar (2)
Plazos
| Fecha de publicación | 1 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 17 de febrero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 20 de diciembre de 2027 |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO |
| Última actualización BD | 2 de noviembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 200,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.