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2026_SUBVENCIONES PARA LA RENOVACION/REURBANIZACION DE ESPACIOS PRIVADOS QUE TENGAN IMPUESTA LA CONDICIÓN DE "USO PUBLICO"

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 917054

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Bizkaia. Presupuesto: 150.055 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero. Objeto: Es objeto de la presente Convocatoria la concesión de subvenciones para la renovación/ reurbanización de espacios privados de la ciudad que, en virtud de las determinaciones del planeamiento urbanístico vigente en cada momento, de los documentos de gestión urbanística aprobados y/o de las respectivas licencias de edificación tengan impuesta la condición de "uso público". Los terrenos y espacios afectados por dicha servidumbre son los reflejados en el plano "VI.3 Condiciones de dominio (m) del documento" 4. Planos" del PGOU" o en su caso en los instrumentos de planeamiento de desarrollo. Segundo. Beneficiarias Las personas físicas o jurídicas, así como Comunidades Propietarias, legalmente constituidas y titulares de los espacios privados de uso público, que realicen las actuaciones de renovación o reurbanización de dichos espacios. En caso de ser una pluralidad de Comunidades propietarias las promotoras de las obras deberán constituirse en Mancomunidad o presentar un escrito firmado por todos los representantes acreditados de las comunidades participantes, en el que indiquen el porcentaje de participación en los costes de las obras. La concesión de la ayuda conlleva el reconocimiento de las beneficiarias de la constitución de servidumbre de uso público sobre el ámbito objeto de actuación y su inclusión en el inventario municipal de bienes y derechos, dándose inicio así al procedimiento para la gestión de ésta. Tercero. Bases Reguladoras: Ordenanza General reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público, aprobada por Acuerdo del Pleno de 30 de junio de 2016 y publicadas en el Boletín Oficial de Bizkaia de fecha 20 de julio de 2016. Cuarto. Cuantía: La cuantía destinada a la presente convocatoria asciende a 150.055 euros. La ayuda económica será una subvención a fondo perdido del 30% del presupuesto subvencionable. En ningún caso,el presupuesto subvencionable podrá superar el importe, excluido el IVA, de 120?/m2 para toda la superficie de uso público afectada reflejada en plano VI.3 Condiciones de dominio (m) del documento 4. Planos del PGOU o en su caso en los instrumentos de planeamiento de desarrollo. La cuantía máxima de esta ayuda será de 150.055 euros. Quinto. Gastos que se subvencionan Se considerará gasto subvencionable el coste real de la actuación que incluye el coste de la obra que tenga por objeto la renovación/reurbanización (pavimentación, alumbrado, jardinería y mobiliario urbano, situados por encima de los espacios privados) de espacios privados de uso público. Serán igualmente subvencionables los importes correspondientes a redacción de proyectos y dirección de obras. Se incluyen, además, las tasas, impuestos y otros precios públicos satisfechos por razón de la actuación subvencionable, así como el coste del Impuesto del Valor Añadido cuando el mismo sea soportado y no sea repercutible a terceros por las personas beneficiarias. Sexto. Otros datos Las obras deben contar, en su caso, con la preceptiva licencia o autorización de municipal de obra, estar finalizadas, haber presentado certificado (visado en su caso) y liquidación final de obra, en los supuestos en los que se haya exigido su presentación y contar con el Vº Bº del Ayuntamiento. Las obras ejecutadas deben ser de interés público y contar con la conformidad del departamento municipal competente (Área de Obras Públicas y Servicios) sobre los criterios de urbanización de estos ámbitos. Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para presentar las solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia y finaliza el 30 de octubre de 2026.

Organismo convocante

BILBAO — AYUNTAMIENTO DE BILBAO

Ámbito

Bizkaia

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación3 de julio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoF - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD2 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total150.055 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones mediante Convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus Organismos y Entidades de Derecho Público

Bases reguladoras ↗