Abierta · quedan 8 díasLocalEnergía

Bases Reguladoras y Convocatoria de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de Comunidades Energéticas locales participadas por los municipios de la provincia de Cáceres y constituidas con el acompañamiento de la OTC Dip CC 26

Plazo de solicitud 13 de agosto de 2026
Estado Abierta · quedan 8 días
Código BDNS 918300

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Cáceres. Presupuesto: 600.000 €. Se puede solicitar hasta el 13 de agosto de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/xxxx Convocatoria de subvenciones para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la provincia de Cáceres con población de hasta 20.000 habitantes y por entidades locales menores (CEL-2026). 1. Objeto y actuaciones subvencionables Esta convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los ayuntamientos de la provincia de Cáceres con población de hasta 20.000 habitantes y a las entidades locales menores, para impulsar la creación, puesta en marcha y consolidación de comunidades energéticas locales participadas por dichas entidades. Las ayudas financiarán proyectos de instalación solar fotovoltaica de generación renovable, en modalidad de autoconsumo colectivo con excedentes acogido a compensación simplificada, promovidos en el marco de una Comunidad de Energías Renovables o de una Comunidad Ciudadana de Energía constituida, o en proceso efectivo de constitución, con el acompañamiento integral y continuado de la Oficina de Transformación Comunitaria de la Diputación de Cáceres. Serán subvencionables, entre otros, los costes directamente necesarios para ejecutar, legalizar y poner en funcionamiento la instalación, que deberá estar conectada a la red de distribución, tener una potencia máxima de 100 kW y cumplir los requisitos del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, incluido, cuando proceda, que al menos un consumidor esté conectado por red interior. La inversión podrá comprender suministro y montaje de equipos, materiales, protecciones, cableado, estructuras, sistemas de monitorización, trabajos de montaje, pruebas, legalización, inscripción, puesta en servicio y alta efectiva de la instalación. También podrán incluirse los trámites y costes necesarios para el alta del autoconsumo colectivo, la identificación, alta, modificación, vinculación o activación de los CUPS asociados, y la adaptación de contratos de suministro cuando sea imprescindible para aplicar la compensación simplificada de excedentes. Asimismo, serán subvencionables, dentro de los límites de las bases, los gastos de redacción del proyecto técnico, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud; tasas, precios públicos, inscripción registral o formalización administrativa de la CEL; trabajos de refuerzo o adecuación de red exigidos por la distribuidora; autorizaciones, registros, anuncios, carteles y publicaciones necesarios. No tendrán carácter subvencionable, entre otros, los costes ordinarios o recurrentes del suministro eléctrico de los consumidores asociados, los impuestos indirectos recuperables, los impuestos personales sobre la renta, los proyectos sin autorizaciones o informes sectoriales preceptivos, los proyectos sin permiso o carta de condiciones de acceso y conexión cuando sea exigible, ni las instalaciones vinculadas a un CUPS de edificio que haya recibido ayudas de autoconsumo en los cinco años anteriores. 2. Entidades beneficiarias, requisitos y exclusiones Podrán ser beneficiarios los municipios de la provincia de Cáceres con población de hasta 20.000 habitantes y las entidades locales menores de la provincia, según la última cifra oficial de población publicada por el INE en la fecha de presentación de la solicitud. Será requisito indispensable acreditar que la entidad solicitante se ha constituido o se encuentra efectivamente en proceso de constitución de una Comunidad de Energías Renovables o de una Comunidad Ciudadana de Energía, con acompañamiento integral y continuado de la OTC de la Diputación de Cáceres, durante los ejercicios 2024, 2025 o 2026 y hasta la inscripción en el registro correspondiente. Dicho acompañamiento debe comprender asistencia técnica, jurídica, administrativa, dinamizadora y/o participativa durante las fases necesarias de creación de la comunidad, y no meras actuaciones puntuales o informativas. El ayuntamiento deberá haber adoptado acuerdo plenario para el ejercicio de la actividad de prestación de servicios energéticos renovables a través de la comunidad energética y participar como socio fundador. Las entidades solicitantes no podrán estar incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias de subvenciones públicas. Quedan excluidos los ayuntamientos que, reuniendo los requisitos, hayan sido beneficiarios de ayudas concedidas por la Diputación Provincial de Cáceres u otra Administración Pública para el fomento de comunidades energéticas en los ejercicios 2023, 2024 y 2025. 3. Dotación presupuestaria, cuantía y compatibilidad La convocatoria se financiará con cargo al Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2026, aplicación presupuestaria 2026 03 1720 76240, con una dotación de 600.000,00 euros. El crédito podrá incrementarse antes de la resolución de concesión si se produce generación, ampliación o incorporación de crédito, conforme a la normativa aplicable. La cuantía máxima individualizada será de hasta 68.000,00 euros, IVA incluido, por proyecto, cuando el presupuesto total subvencionable sea superior a 80.000,00 euros, IVA incluido. Si el presupuesto total subvencionable es igual o inferior a 80.000,00 euros, la ayuda podrá alcanzar hasta el 85 % del coste total subvencionable. El ayuntamiento asumirá la diferencia hasta el 100 % del coste del proyecto y cualquier exceso sobre la subvención concedida. Los gastos de proyecto técnico, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud tendrán los siguientes límites conjuntos: hasta 1.500,00 euros para potencia igual o inferior a 15 kW; hasta 2.800,00 euros para potencia superior a 15 kW e igual o inferior a 50 kW; hasta…

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

Ámbito

Cáceres

Categoría

Energía

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación9 de julio de 2026
Fecha inicio de solicitudes13 de julio de 2026
Fecha fin de solicitudes13 de agosto de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económicoADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO
Última actualización BD2 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total600.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases Reguladoras y Convocatoria de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de Comunidades Energéticas locales participadas por los municipios de la provincia de Cáceres y constituidas con el acompañamiento de la OTC Dip CC 26

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