Convocatoria para la concesión del bono escolar curso 2026-2027 - ayuntamiento de alfafar
Denominación oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DEL BONO ESCOLAR CURSO 2026-2027 - AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 166.000 €. Se puede solicitar hasta el 8 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo y las propuestas se comparan, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El Bono Escolar 2026‑2027, financiado por el Ayuntamiento de Alfafar, es una entrega de dinero sin devolución dirigida a personas que no tienen actividad económica y que necesiten apoyo para la educación de sus hijos. El total disponible es 166 000 euros y puedes presentar tu solicitud hasta el 8 de octubre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Anuncio del Ayuntamiento de Alfafar sobre la Convocatoria para la concesión del Bono Escolar para el curso 2026/2027. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la página web del Ayuntamiento de Alfafar. El código de identificación que se ha asignado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones a la convocatoria es el 918996. SUMARIO Resolución de la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de julio de 2026 por la que se aprueba la Convocatoria de la concesión del Bono Escolar para el curso 2026-2027. PRIMERO. Bases Reguladoras Las siguientes ayudas se regirán, además de por lo dispuesto en las Bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones aprobadas por Pleno en fecha 11 de diciembre de 2019, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, número 248 de 27 de diciembre de 2019, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alfafar publicada en el BOP nº 24 de 2 de febrero de 2018, por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Alfafar, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RGS), y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 2/10/2015); así mismo, deberán ser coherentes con el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Alfafar y criterios interpretativos de la IGAE al respecto y especialmente, en relación a la base nacional de subvenciones, con las restantes normas de derecho administrativo, y supletoriamente por las normas de derecho privado. La gestión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están aprobadas por Pleno en fecha 11 de diciembre de 2019, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, número 248 de 27 de diciembre de 2019. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, en aplicación de los citados criterios. SEGUNDO. Créditos Presupuestarios El crédito presupuestario al que se imputa la subvención y la cuantía máxima es el siguiente: Aplicación Presupuestaria 09 326.00 480.00 – Servicios Complementarios Educación- Plan ayudas material escolar. Cuantía total máxima en las líneas específicas de: 166.000€, salvo que se proceda a la modificación de crédito necesaria y/o ampliación de crédito previa modificación. Condicionada a la concesión de la subvención. TERCERO. Objeto, condiciones y finalidad de la Concesión de la Subvención 3.1 Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento para la concesión de las subvenciones en concepto de ayudas para la adquisición de suministro de material escolar para el curso 2026/2027 para el alumnado de los niveles de Educación Infantil segundo ciclo (desde los 3 a los 6 años), niveles de Educación Primaria (cursos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º), Educación Secundaria Obligatoria (cursos 1º, 2º, 3º y 4º), Formación Profesional Básica y cualquier nivel de Educación Especial, empadronados en el municipio de Alfafar antes del 1 de Julio de 2025, (de forma continuada, sin que en ningún momento desde esta fecha se produzca baja en el padrón municipal), con independencia de la localidad donde se ubique el centro en el que se cursen estudios. 3.2 Condiciones cuantía individualizada de la subvención. Se fija como importe base de los bonos escolares, sin perjuicio de las posibles actualizaciones que se realizan en la convocatoria concreta, variando para el alumnado en función del nivel escolar del beneficiario/a, fraccionado en varios vales, cuyo importe viene indicado en el siguiente resumen por Nivel escolar, Importe total de la ayuda y Importe de los vales fraccionados: *Infantil - 40 € (dos vales 20 € + 20 €) *Primaria - 65 € (tres vales 20 € + 20 € + 25 €) *Secundaria - 75 € (tres vales 25 €+25 €+25 €) 3.3 Finalidad. Será objeto de esta subvención en concepto de ayuda la adquisición del siguiente material escolar, que pueden adquirir en los comercios adheridos según Anexo I: -Material de papelería, libros de lectura, diccionarios, atlas, Tablet, lápiz de memoria, zapatería, ropa y óptica. -Libros de texto para el alumnado que curse segundo ciclo de Educación Infantil. -Material complementario: Libros de tareas y cuadernos de ejercicios, que por sus características pueden ser considerados materiales no reutilizables por otro alumnado en años sucesivos; considerándose material escolar susceptible de ser adquirido por las familias, canjeando el Bono Escolar en los comercios del municipio de Alfafar de venta de material escolar y que hayan suscrito los oportunos convenios con el Ayuntamiento de Alfafar, todo ello de conformidad con las bases y convenios aprobados por el Ayuntamiento de Alfafar. La vigencia del convenio tendrá carácter indefinido, entendiéndose por vigente en los sucesivos cursos escolares en lo que tenga lugar la convocatoria del Bono Escolar, en tanto no muestren su disconformidad o soliciten su resolución. Estarán expresamente excluidos del bono los libros de texto, libros de texto digital y material curricular elaborado por los centros para el alumnado de Educación Primaria, Educación Secundaria, Formación Profesional Básica y Educación Especial por producir duplicidad con el programa de Banco de Libros (programa Xarxa Llibres) de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. CUARTO…
Organismo convocante
ALFAFAR — AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 8 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 6 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 166.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR.