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AutonomicaPlazo abierto

Resolución de 16 de julio de 2026 destinadas a la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional y Formación en el Trabajo en el sector Naval, dirigida a personas trabajadoras desempleadas en la provincia de Cádiz. Linea 3 mod. teleformación

🟢Estado

Abierta

💰Importe

130.884 euros

📅Fecha inicio

22 de julio de 2026

📅Fecha fin

5 de agosto de 2026

Resumen

Esta ayuda esta destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: ANDALUCIA. Presupuesto total: 130.884 euros. Se puede solicitar hasta el 5 de agosto de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif.): XXXXXX De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Primero. Convocatoria. Se convoca, para el año 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvención en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en la cuantía total máxima y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación: LÍNEA CÓDIGO DE FINANCIACIÓN PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027 TOTAL Línea 1 S0044 1400180000G/32D/47001 462.359,83 € 198.154,22 € 660.514,05 € Línea 2 S0706 1400180000G/32D/47001 212.197,12 € 90.941,63 € 303.138,75 € Línea 3 S0044 1400180000G/32D/47001 91.618,80 € 39.265,20 € 130.884,00 € TOTAL 766.175,75 € 328.361,05 € 1.094.536,80 € Segundo. Entidades Beneficiarias. 1. Podrán participar en la presente convocatoria y resultar beneficiarias de esta subvención, las entidades privadas de las recogidas en el apartado 4.a).1.º del Cuadro Resumen de las bases reguladoras, con excepción de las instituciones sin ánimo de lucro a las que se refiere el artículo 48 de la clasificación económica del estado de gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. No podrán participar en esta convocatoria las entidades de formación públicas, entendiendo por estas las entidades integrantes del sector público, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Este extremo se podrá comprobar mediante la información obrante en el Inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local aprobado mediante el Real Decreto 749/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, y el Inventario de Entes Dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 3. Podrán concurrir a las siguientes líneas: a) En las Líneas 1 y 3, las entidades que cuenten con centros del Sistema de Formación en el Trabajo que figuren inscritos para la oferta formativa solicitada en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo en Andalucía y/o en el Registro Estatal de Entidades de Formación en el Trabajo, según la modalidad de impartición, de conformidad con el artículo 25 del Real Decreto 438/2024, de 30 de abril. b) En la Línea 2 las entidades que cuenten con centros del Sistema de Formación Profesional autorizados en Andalucía para la oferta formativa solicitada, de conformidad con el artículo 197 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, e incluidos en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo en Andalucía. Tercero. Objeto. 1. Será objeto de subvención pública la puesta en marcha y realización de las actividades formativas, entendiendo por tales el conjunto de acciones formativas cuya finalidad es proporcionar a las personas participantes los conocimientos, habilidades y competencias en un área específica, pudiendo desarrollarse en modalidad presencial y de teleformación, utilizando metodologías adaptadas a las necesidades del alumnado y los objetivos formativos. 2. El ámbito territorial de competitividad se circunscribe a la provincia de Cádiz. 3. La oferta formativa comprende tanto la oferta vinculada a especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo, denominada «oferta de formación en el trabajo», como la oferta referida a la formación de Grados C del Sistema de Formación Profesional, denominada «ofertas de formación profesional para personas trabajadoras». La oferta formativa de esta convocatoria incluye las siguientes líneas: a) Línea 1: Ofertas formativas de formación en el trabajo para personas trabajadoras desempleadas, en modalidad presencial (en adelante Línea 1). b) Línea 2: Ofertas de formación profesional de Grados C para personas trabajadoras desempleadas, en modalidad presencial (en adelante Línea 2). c) Línea 3: Ofertas formativas de formación en el trabajo para personas trabajadoras desempleadas, en modalidad de teleformación (en adelante Línea 3). 4. La oferta formativa de cada línea se detalla en el Anexo III de esta convocatoria. Cada especialidad u oferta quedará identificada por su código y denominación, especificando su nivel de cualificación, las horas formativas, las horas de formación en empresa u organismo equiparado (en adelante formación en empresa), los módulos económicos, así como la modalidad de impartición, y, en su caso, el número de ediciones a solicitar en cada una de ellas. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 3 de noviembre de 2023. Quinto. Financiación, cuantía y régimen de compatibilidad. 1. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria se detallan en el resuelve primero. 2. La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria proviene en su totalidad de fondos de la Administración General del Estado. 3. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de las resoluciones de concesión. 4. Los créditos máximos destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria ascienden a 1.094.536,80 euros, a repartir en las anualidades 2026 y 2027. 5. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 20 de diciembre 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • GRAN EMPRESA
  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion16 de julio de 2026
Fecha inicio de solicitudes22 de julio de 2026
Fecha fin de solicitudes5 de agosto de 2026

Informacion economica

Presupuesto total130.884 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Sector economico78 - Actividades relacionadas con el empleo

Informacion completa

Bases reguladorasOrden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv. públicas, en rég.conc.comp., en materia de Form. Prof. para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionAutonomica
Ultima actualizacion BD2026-07-29T18:34:12.531743