Convenio de colaboración entre la asociación banda de música de emma de ascó y el ayuntamiento de ascó
Denominación oficial: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA DE EMMA DE ASCÓ Y EL AYUNTAMIENTO DE ASCÓ
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Tarragona. Presupuesto: 18.300 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, no es una convocatoria abierta y el dinero ya tiene un destinatario concreto; se publica solo por transparencia. Se trata de una subvención en efectivo sin contrapartida, destinada a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica y que quieran impulsar proyectos culturales en el municipio de Ascó, Tarragona. El importe total es de 18.300 euros y el plazo de solicitud figura hasta el 31 de diciembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
ASCÓ — AYUNTAMIENTO DE ASCÓ
Ámbito
Tarragona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de julio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 3 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 18.300 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias