Subvenciones a entidades sin ánimo lucro campos voluntariado juvenil 2027
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 150.000 €. Se puede solicitar hasta el 28 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva; hay que presentar la solicitud antes del 28 de septiembre de 2026 y las propuestas se evalúan entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura recibir el dinero. Es una subvención en efectivo, sin devolución, dirigida a organizaciones sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica y que quieran organizar campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid. El fondo total disponible es de 150 000 euros para financiar estos proyectos.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index): BDNS: _________________ Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las entidades sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid y tengan la capacidad y medios suficientes y adecuados para llevar a cabo los campos de voluntariado, previstos en la Orden. Segundo. Objeto y finalidad La realización de campos de voluntariado juvenil promoviendo el voluntariado en beneficio de la comunidad y la promoción de relaciones personales entre jóvenes de diferentes procedencias, trabajando valores de cooperación, solidaridad y tolerancia. Tercero. Bases reguladoras. Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOCM nº 227 de 23 de septiembre de 2021, modificada por la Orden 2268/2024, de 19 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid. Cuarto. Crédito. El crédito máximo destinado a la presente convocatoria asciende a 150.000,00 €, con cargo al subconcepto 48099 del programa 232A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2027. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Organismo convocante
COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 28 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 16 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 150.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Otros documentos Publicación BOCM Extracto Orden 2277/2026 ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden 2277, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid para el 2027. ↗
Bases reguladoras
ORDEN 2268/2024, DE 19 DE JULIO, DE LA CONSEJERA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES