Propuesta resolución
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 31.800 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, por lo que no puedes presentarte ni hay plazo para solicitarla; se publica solo para cumplir la transparencia. Consiste en una subvención de 31 800 euros que se entrega en efectivo y no requiere devolución. Se dirige a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica y que trabajen en servicios sociales o promoción social en el Principado de Asturias. El registro indica un plazo de solicitud hasta el 31 de diciembre de 2026, aunque la convocatoria no está abierta.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
Ámbito
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 13 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 31.800 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ley del Principado de Asturias 5/2025,31 diciembre