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Resolución 29 julio 2026 de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas “Concilia 0 – 3” destinada al fomento de la conciliación de la vida familiar y profesional cur

Plazo de solicitud 15 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 14 días
Código BDNS 922771

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 72.480 €. Se puede solicitar hasta el 15 de septiembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir, así que cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondos disponibles. Está dirigida a personas que no tengan actividad económica y que necesiten apoyo para conciliar su vida familiar y su trabajo. Es una subvención en efectivo, sin obligación de devolver el dinero. El plazo para presentar la solicitud finaliza el 15 de septiembre de 2026.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Primero.-Beneficiarios: Las familias que tengan su domicilio fiscal en cualquiera de los concejos del Principado de Asturias con hijos e hijas o menor acogido que cumpliendo los requisitos para obtener una plaza en alguna de las escuelas infantiles de primer ciclo (0 a 3 años) de la red pública para el curso escolar 2026-2027 no la hayan obtenido, siempre que la suma de los ingresos fiscales anuales de los progenitores o acogedores no sea superior a 45.000 €. Segundo.-Finalidad: La finalidad de la ayuda es el fomento de la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, como medio de preservación de derechos tanto para las mujeres como para los hombres y de fomento del equilibrio entre obligaciones familiares y profesionales. Tercero.-Importe: Los importes máximos serán de 1.500 euros por hijo, hija o menor acogido por hijo, hija o menor acogido que no hayan obtenido una plaza en una de las escuelas infantiles de primer ciclo (0 a 3 años) de la red pública para el curso escolar 2026-2027. Cuarto.-Requisitos: Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones y concurrir a la convocatoria, las familias con domicilio fiscal en un concejo del Principado de Asturias que cumpliendo los requisitos y habiendo solicitado plaza en alguna de las escuelas de educación infantil (0-3) de la red pública para el curso escolar 2026-2027 no la hayan obtenido y tengan un hijo, hija o menor acogido, con el que convivan de forma efectiva y demostrable y cuyos ingresos fiscales anuales no sean superiores a 45.000 €. Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y finalizará el 15 de septiembre de 2026. Sexto.-Otros datos: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0450T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en las que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. El otorgamiento o denegación de subvenciones se realizará por la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar mediante resolución motivada que deberá adoptarse en el plazo máximo de 3 meses contados desde la fecha de solicitud. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que ésta es desestimatoria. Oviedo, a 29 de julio de 2026.-La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández

Organismo convocante

PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

Ámbito

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación30 de julio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes15 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD28 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total72.480 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

PRESUPUESTO PRINCIPADO 2026