Subvención nominativa a la Archicofradía de la Virgen de Guadalupe de Úbeda para el desarrollo de sus actividades de 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Jaén. Presupuesto: 8.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, no es una convocatoria abierta y el dinero ya tiene un destino concreto; se publica solo por transparencia. Consiste en una subvención de 8 000 euros para la Archicofradía de la Virgen de Guadalupe de Úbeda, destinada al desarrollo de sus actividades culturales en 2026. Solo se dirige a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica. La entrega es dineraria y no supone ninguna contraprestación. El plazo que aparece, 31 /12 /2026, corresponde al registro del convenio, no a una fecha para presentarse.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
ÚBEDA — AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA
Ámbito
Jaén
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 6 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 4 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO |
| Última actualización BD | 28 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 8.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA (BOP 30, de 15/02/2021 y corrección de errores en BOP 215, DE 11/11/2021)