Ayudas al fomento de la contratación laboral en Vitoria-Gasteiz 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Araba/Álava. Presupuesto: 2,7 M€. Se puede solicitar hasta el 15 de febrero de 2027. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 15 de febrero de 2027 y tu proyecto se comparará con el de otros solicitantes, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Está dirigida a pymes y a personas físicas que desarrollen una actividad económica en Vitoria‑Gasteiz, con el objetivo de fomentar la contratación. Se trata de una subvención en efectivo, sin devolución, del total disponible de 2 678 663 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la página Web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org. Primero. Beneficiarios. Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, con centro de trabajo y actividad económica en el ámbito territorial de Vitoria-Gasteiz, que cumplan los siguientes requisitos desde el inicio de la contratación: - Desarrollar directamente actividades subvencionables en un centro de trabajo, y actividad económica, sito en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. - Encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales, así como ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. - No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo o en discriminación múltiple contemplada en el artículo 3.1 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres; o por imposición de sanción accesoria prevista en los artículos 46.1.b) y 46 bis 1.b) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, probado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, mediante resolución firme. - No haber obtenido otras subvenciones por la contratación de la misma persona en anteriores convocatorias del programa municipal de Ayudas Económicas a la contratación laboral en empresas de Vitoria-Gasteiz. - Mantener el cumplimiento de estas condiciones hasta su resolución. - En caso de las comunidades de bienes o sociedades civiles todas y cada una de las personas físicas o jurídicas privadas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias, debiendo cumplir todas ellas los requisitos y condiciones establecidas en las presentes bases. En cualquier caso, deberá nombrarse una persona representante de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. En caso de disolverse la agrupación antes de haber transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberá devolver la subvención concedida. Las personas a contratar deberán cumplir, además de los requisitos exigidos por la legislación vigente: - Estar empadronadas en el municipio de Vitoria-Gasteiz el día anterior a la contratación. - Estar en situación de desempleo, es decir, no estar inscritas en ningún régimen de la Seguridad Social e inscritas y de alta como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo el día inmediatamente anterior a la contratación. Segundo. Objeto. Favorecer la contratación laboral de las personas desempleadas del municipio favoreciendo la contratación de aquellas personas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral. Tercero. Acciones subvencionables. Contrataciones laborales en las siguientes condiciones: - Los contratos serán indefinidos y podrán ser a jornada completa o a tiempo parcial con un mínimo del 50 por ciento de jornada, durante todo el periodo de subvención. - Serán subvencionables las contrataciones llevadas a cabo a partir del día 01 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 (ambas fechas incluidas). - Las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media. A los efectos del cumplimiento de este requisito, no se tendrán en consideración los contratos que se hayan extinguido por despidos disciplinarios procedentes, dimisión, muerte, discapacidad, jubilación por edad, reducción voluntaria del tiempo de trabajo, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de las personas trabajadoras. - La empresa está obligada a mantener, al menos durante 12 meses, el contrato indefinido objeto de subvención. - No se concederá más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas o personas autónomas, siendo concedida una única subvención y conforme al orden de presentación de la solicitud. Cuarto. Bases. El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA número 88, de 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Con fecha 31 de julio de 2026, la Junta de Gobierno Local ha aprobado las bases de la convocatoria de Ayudas económicas a la contratación laboral de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2026, cofinanciadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo. Ambas pueden consultarse a través de la página web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana. Quinto. Cuantía. La dotación económica de la convocatoria será de un importe global de dos millones seiscientos setenta y ocho mil seiscientos sesenta y tres euros (2.678.663,00 euros), con cargo a las Partidas: 0823.2411.480.15 denominada Plan Comarcal Aportación Lanbide, del presupuesto…
Organismo convocante
VITORIA-GASTEIZ — AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
Ámbito
Araba/Álava
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 10 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 17 de agosto de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de febrero de 2027 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 43.3 - Acabado de edificios; 63.9 - Actividades de portales de búsqueda en la web y otras actividades de servicios de información; 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 87 - Asistencia en establecimientos residenciales; 47.4 - Comercio al por menor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones; 47.7 - Comercio al por menor de otros artículos, excepto vehículos de motor y motocicletas; 85 - Educación; 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción; 59 - Producción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical; 56.1 - Restaurantes y puestos de comidas; 56.3 - Servicios de bebidas |
| Última actualización BD | 29 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,7 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 31 de julio de 2026, por el que se aprueba la convocatoria pública y las bases de las Ayudas económicas a la contratación laboral de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2026, cofinanciadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo. ↗
Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz