Becas material escolar curso 2026_2027
Denominación oficial: BECAS MATERIAL ESCOLAR CURSO 2026_2027
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 4.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026 y tu expediente se comparará con los de los demás, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El ayuntamiento de Olèrdola, en Barcelona, destina 4 000 euros para becas de material escolar del curso 2026‑2027. Puede solicitarla quien no tenga actividad económica, ya sea una persona o una entidad sin fines comerciales. Es una subvención en efectivo sin devolución.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la resolución del acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno de fecha 10 de agosto de 2026, por el que se aprueban las Bases específicas que deben regir la convocatoria de subvenciones del área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Olèrdola, por el material escolar y la licencia digital, curso 2026_2027. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.by 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se podrá consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/es/bdtrans el Ayuntamiento de Olèrdola Convenis i subvencions anualitat 2026 / Convenios y subvenciones anualidad 2026 - Ajuntament d\?Olèrdola BASES ESPECÍFICAS DE CONCESIÓN DE AYUDAS DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE OLÉRDOLA, POR LA CUOTA DE MATERIAL ESCOLAR Y LICENCIA DIGITAL CURSO 2026_2027 Primero: Beneficiarios Son requisitos para acceder a las ayudas: Que los menores estén escolarizados en centros educativos de carácter público. Que toda la familia o unidad de convivencia que solicite la ayuda, esté empadronada en el municipio de Olèrdola. Que tenga la condición de niño en situación socioeconómica desfavorecida, de acuerdo con lo que se establece en el Reglamento de Prestaciones Sociales del Ayuntamiento de Olèrdola, aprobado por el Pleno de 27 de junio de 2016. No ser beneficiario de la ayuda de mochila escolar del departamento de educación En el supuesto de que el cheque escolar de la Generalidad de Cataluña se haya empleado por la cuota de material escolar y licencia digital, este importe NO será objeto de esta subvención. Segundo: Objeto El objeto de estas bases es regir la convocatoria para el otorgamiento de ayudas por cuota de material escolar y licencia digital a los alumnos de enseñanza obligatoria, educación infantil, primaria y de segundo ciclo. Las ayudas otorgadas se destinarán íntegramente a aminorar los gastos por este concepto que deben hacer frente las familias para el curso 2026-2027. Los importes resultantes se pagarán directamente a las familias que previamente han presentado el recibo, y en los casos de unidades familiares en situación de riesgo social que están recibiendo soporte de servicios sociales municipales y no pueden aportar el recibo correspondiente, el pago se realizará directamente a la entidad responsable del objeto de ayuda. Tercero: Bases reguladoras Reglamento de Prestaciones Sociales aprobado en sesión de Pleno de fecha 27 de junio de 2016 (BOPB de 14 de julio de 2016) Cuarto: Cuantía Se destina a la concesión de estas ayudas para el año 2026, el importe de 4.000,00 € con cargo a la aplicación 231-48004, sin necesidad de agotar este gasto máximo autorizado. El presupuesto máximo que se destinará será el establecido en la correspondiente convocatoria y de acuerdo con el vigente presupuesto del Ayuntamiento. Quinto: Plazo para la presentación de solicitudes Las solicitudes se tendrán que presentar mediante el formulario establecido por el Ayuntamiento debidamente cumplimentado. Se tendrá que presentar una solicitud por familia. Presentación solicitudes: El período de presentación de solicitudes empezará a partir del día siguiente de los 20 días hábiles transcurridos de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la web municipal y finalizará el 30 de septiembre de 2026 . Las solicitudes deben presentarse en el registro general del Ayuntamiento de Olèrdola (instancia específica anexo 1). Su presentación deberá realizarse principalmente por los medios telemáticos establecidos por la Ley 39/2015 y también por correo administrativo. La Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento podrá dar soporte telefónico a la presentación telemática de la misma, llamando al tel. 93 890.35.02 o bien enviando correo electrónico a olerdola@olerdola.cat. En caso de imposibilidad manifiesta de presentación telemática, el personal de la OAC dará cita al solicitante para poder hacerlo de forma presencial. Sexto: Documentación a aportar con la solicitud 4.3 A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación numerada tal y como se indica a continuación: - Fotocopia del NIF/NIE de la persona solicitante, así como de todos los miembros de la unidad familiar. - Libro de familia (fotocopia de todas las páginas escritas) - Certificado bancario donde conste de forma clara el número de IBAN de la persona solicitante. - Extracto bancario de los últimos 3 meses de todas las personas convivientes mayores de 16 años. - Los 3 últimos recibos de alquiler y/o hipoteca donde resida la persona beneficiaría. - Las últimas 3 últimas nóminas o certificado que acredite su situación de desempleo de todas las personas mayores de 16 años de la unidad familiar (Certificado de prestaciones del SEPE). - Declaración de la renta del año 2025. En caso de no realizarla, será necesario presentar un Certificado negativo de Renta. - Certificado de prestaciones de la Seguridad social. - Recibo de pago de la cuota de material y de la licencia digital o solicitud de informe de servicios sociales. - En el caso de unidades familiares en situación de riesgo social que están recibiendo apoyo de servicios sociales municipales y no pueden aportar el recibo correspondiente, podrán pedir, previa cita, al Equipo de Servicios Sociales un informe que justifique su situación para poder adjuntarla a la solicitud. En estos casos es necesario presentar con anterioridad al equipo de Servicios Sociales el certificado acreditativo del coste del material escolar de la persona beneficiaría, expedido por la escuela, haciendo constar expresamente el coste total del material y de la licencia digital, así como el nombre del alumno beneficiario/a. - El supuesto anterior no será aplicable al recibo de pago de la cuota de material de los institutos que es obligatorio. Supuestos especiales: 1. En caso de…
Organismo convocante
OLÈRDOLA — AYUNTAMIENTO DE OLÈRDOLA
Ámbito
Barcelona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 12 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 88.9 - Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento |
| Última actualización BD | 24 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 4.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
REGLAMENT SERVEIS SOCIALS