Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 20 de julio de 2026, relativo a las bases de las ayudas del Consejo Insular de Menorca destinadas a entidades culturales y la convocatoria correspondiente a 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Menorca. Presupuesto: 320.000 €. Se puede solicitar hasta el 24 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención de dinero sin devolución, dirigida a entidades culturales sin ánimo de lucro que actúen en Menorca y que no desarrollen actividad económica. Es competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 24 de septiembre de 2026 y tu proyecto se comparará con los de los demás; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El importe total disponible es 320 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios Se pueden acoger a esta convocatoria de ayudas las asociaciones culturales sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de las Illes Balears; las entidades religiosas, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia (solo cuando organicen actividades de carácter cultural); las fundaciones, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Único de Fundaciones de las Illes Balears (solo cuando organicen actividades de carácter cultural), y las asociaciones de vecinos (solo cuando organicen actividades de carácter cultural), el ámbito de actuación de las cuales sea la isla de Menorca. También pueden participar las asociaciones, entidades religiosas y fundaciones cuyo ámbito de actuación sea las Illes Balears, siempre que la actividad cultural objeto de subvención se ejecute en Menorca. Quedan excluidas de esta convocatoria las actividades consistentes en la enseñanza de las diferentes artes plásticas y escénicas. También quedan excluidas las solicitudes directas de secciones que formen parte de entidades religiosas, fundaciones o asociaciones culturales más amplias. En todo caso, quedan excluidas de esta convocatoria, como beneficiarias: a) Entidades deportivas. b) Entidades educativas, centros educativos y asociaciones de familias de alumnos. c) Entidades juveniles o que promuevan actividades para la juventud. d) Asociaciones de personas mayores o grupos vinculados a éstas. e) Grupos folclóricos. f) Entidades que obtengan otra ayuda con cargo al presupuesto anual del programa 33400, de Creación y Promoción Cultural del Consejo Insular de Menorca. Segundo. Objeto Promover y apoyar la realización de proyectos culturales desarrollados en el ámbito de Menorca por parte de las entidades culturales de la isla. Se consideran proyectos o actividades culturales los relacionados con: a) La cinematografía, las artes audiovisuales y las artes multimedia. b) La música y las artes escénicas (teatro, danza, etc.). c) Las artes visuales: artes plásticas o bellas artes, fotografía y diseño. d) El libro y la lectura. e) Cualquier otro proyecto o actividad, que a juicio de la comisión evaluadora, tenga el carácter de cultural. Tercero. Bases reguladoras Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario del día 20 de julio de 2026. Cuarto. Cuantía El importe global máximo de la convocatoria es de 320.000 € (trescientos veinte mil euros). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas es de treinta días naturales a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB). Sexto. Otros datos Ninguna subvención total concedida a una entidad podrá superar el 17 % del presupuesto total de la convocatoria. En todos los casos, el importe de la subvención por entidad beneficiaria tendrá que ser inferior a los 60.000 euros.
Organismo convocante
CONSEJO INSULAR DE MENORCA — CONSELL INSULAR DE MENORCA
Ámbito
Menorca
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 18 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 26 de agosto de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 24 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO |
| Última actualización BD | 3 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 320.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 20 de julio de 2026, relativo a las bases de las ayudas del Consejo Insular de Menorca destinadas a entidades culturales y la convocatoria correspondiente a 2026 (exp. 1508-2026-000003) ↗
Bases reguladoras
Bases que regulan la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca destinadas a entidades culturales