Subvenciones para el desarrollo de actividades o eventos de fiestas patronales de barrios y parroquias en el ejercicio 2026 en el Ayuntamiento de Ferrol
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 24.000 €. Se puede solicitar hasta el 1 de octubre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 1 de octubre de 2026 y tu proyecto se evaluará junto con los demás, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. El ayuntamiento de Ferrol destina 24 000 euros para subvencionar actividades o eventos de fiestas patronales de barrios y parroquias durante 2026. Sólo pueden solicitarla personas jurídicas sin actividad económica que quieran organizar estas celebraciones en el municipio.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
I. Bases reguladoras La convocatoria se regirá por las bases reguladoras específicas para la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades o eventos de fiestas patronales de barrios y parroquias en el ejercicio 2026 en el Ayuntamiento de Ferrol aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 11/08/2026, publicado en el BOP de A Coruña n.º 156 de fecha: 18 de agosto de 2026, además de en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Ferrol. https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2026/08/18/2026_0000005385.pdf https://traductor.dacoruna.gal/fron-trad/urlTranslate.php?direccion3=gl-es&inurl=https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2026/08/18/2026_0000005385.html II. Créditos presupuestarios El crédito presupuestario asignado a la presente convocatoria es de 24.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05101 3381 48000 de los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Ferrol para el año 2026. III. Objeto, condiciones y finalidad El objecto de estas bases y de su convocatoria es la regulación del procedimiento para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva y con carácter anual (ejercicio 2026), a las asociaciones vecinales, asociaciones de festejos y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, para o desarrollo de fiestas patronales en barrios urbanos y parroquias, cuyo ámbito de actuación sea el Ayuntamiento de Ferrol, mediante la contratación de actuaciones de música en directo. IV. Modalidad de concesión Régimen de concurrencia no competitiva. V. Requisitos para solicitar la subvención Podrán concurrir a esta convocatoria todas las asociaciones vecinales, asociaciones de festejos y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que contraten actuaciones de música en directo para fiestas patronales en barrios y parroquias con ámbito de actuación en el Ayuntamiento de Ferrol, que cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de las bases reguladoras específicas. VI. Órganos competentes para instrucción y resolución del procedimiento La competencia para la ordenación e instrucción de los expedientes corresponderá a la Concejalía de Fiestas y al personal dependiente y/o adscrito a dicha concejalía, quien procederá a la revisión de los expedientes de solicitud, verificando que contienen la documentación exigida. La concesión de las subvenciones se realizará, mediante un régimen de concurrencia no competitiva, y será aprobada por resolución del Concejal de Fiestas, órgano instructor, previa comprobación de la documentación del personal dependiente y/o adscrito a dicha concejalía y tras la propuesta de resolución del negociado de Cultura. VII. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes irán dirigidas al órgano competente para la concesión de la subvención y se presentarán en formato electrónico a través del Registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento, en el modelo que figura cómo anexo a estas bases, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de A Coruña. Con la solicitud deberá presentarse la documentación establecida en la base cuarta 2 de las bases reguladoras específicas. VIII. Plazo de resolución y notificación El órgano instructor, a la vista del expediente, formulará la propuesta de resolución provisional que será notificada a las entidades solicitantes a través del tablón de anuncios de la página web del Ayuntamiento de Ferrol, concediéndose a las entidades interesadas un plazo de diez días para la presentación de alegaciones. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando non figuren en el procedimiento nin sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las personas interesadas. Una vez transcurrido dicho plazo, el órgano competente dictará resolución expresa, que contendrá la relación de entidades beneficiarias y, de ser el caso, de las solicitudes desestimadas, desistidas o renunciadas. El plazo máximo en que debe notificarse a las entidades interesadas la resolución expresa será de seis meses contados a partir del día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, la falta de resolución y notificación producirá efecto desestimatorio. IX. Recursos La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa. X. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención Los que figuran en la base sexta de las bases reguladoras específicas. XI. Forma y plazo para la publicación de las subvenciones Las bases, así como la convocatoria y resolución, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, en los términos previstos en la normativa aplicable. Las sucesivas publicaciones que resulten necesarias en el marco de la presente convocatoria se realizarán en el Tablón de anuncios de la página web del Ayuntamiento de Ferrol, teniendo efectos desde su publicación en este medio, de conformidad con el artículo 45.1b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta publicación substituirá a la notificación personal y producirá los mismos efectos. Así mismo, se publicará el requerimiento de subsanación de deficiencias apreciadas en las solicitudes.
Organismo convocante
FERROL — AYUNTAMIENTO DE FERROL
Ámbito
A Coruña
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 14 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 1 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento |
| Última actualización BD | 1 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 24.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras específicas y convocatoria para la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades o eventos de fiestas patronales de barrios y parroquias en el ejercicio 2026 en el Ayuntamiento de Ferrol