Extracto del decreto de la alcaldía del Ayuntamiento de Alcanó de fecha 28 de agosto de 2026, por el cual se convocan las ayudas para personas empresarias y autónomas al municipio de Alcanó
Denominación oficial: Extracto del decreto de la alcaldía del Ayuntamiento de Alcanó de fecha 28 de agosto de 2026, por el cual se convocan las ayudas para personas empresarias y autónomas al municipio de Alcanó.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Lleida. Presupuesto: 75.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se trata de una ayuda económica directa, sin devolución, destinada a pequeñas y medianas empresas y a autónomos que desarrollen actividad económica en el municipio de Alcanó (Lleida). La convocatoria es competitiva: hay que presentar la solicitud antes del 2 de octubre de 2026 y las propuestas se valoran entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura recibir el apoyo. El fondo total disponible es de 75.000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primera.- Finalidad La finalidad de estas bases es promover el desarrollo económico del término municipal mediante la creación de nuevas oportunidades laborales, el estímulo de nueva actividad económica local y avanzar hacia la transición energética. Esta convocatoria se enmarca en la estrategia municipal para fomentar la ocupación, dar apoyo al emprendimiento y diversificar la economía local, contribuyendo a la sostenibilidad y al crecimiento económico y ecológico de Alcanó dentro de las ayudas correspondientes a la distribución de las fuentes del Fondo de Transición Nuclear. Segunda.- Personas beneficiarias Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas personas, físicas o jurídicas, titulares de actividades económicas que reúnan las siguientes condiciones: 1.1. Línea 1. Actuaciones destinadas a la transición energética.a) Personas empresarias o autónomas que ejecuten una acción que presente un progreso hacia la neutralidad climática y tenga alineación con la eficiencia energética, de acuerdo con el criterio municipal amparado en la normativa del Fondo de Transición Nuclear, en el período de entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2026, y en el apartado Cuarta. Condiciones y requisitos. 1.2. Línea 2. Actuaciones destinadas a la creación de nuevos puestos de trabajo.a) Personas empresarias o autónomas que contraten de manera indefinida y a jornada completa a una o más de una persona trabajadora en el período de entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2026, de acuerdo con el apartado Cuarta. Condiciones y requisitos. 1.3. Línea 3. Actuaciones destinadas a la creación de una nueva actividad económica.a) Personas empresarias o autónomas que en el período del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2026 ejecuten una acción dirigida a la promoción económica, como las mencionadas en el apartado Cuarta. Condiciones y requisitos. Tercera.- Crédito presupuestario El importe máximo que se destina a los proyectos subvencionables que prevén las bases, es de 75.000 euros. No obstante, estas partidas pueden ser ampliadas por el órgano gestor durante el proceso de otorgamiento y de acuerdo con el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, como consecuencia de una generación de crédito, ampliación o incorporación de crédito. El presupuesto por las líneas que prevén las bases es el siguiente:- Línea 1. Actuaciones destinadas a la transición energética: 10.000,00 euros.- Línea 2. Actuaciones destinadas a la creación de nuevos puestos de trabajo: 35.000,00 euros. - Línea 3. Actuaciones destinadas a la creación de una nueva actividad económica: 30.000,00 euros. En el caso de que la resolución de otorgamiento definitiva no agote el crédito presupuestario en alguna de las líneas de subvención establecidas, se podrá traspasar este crédito presupuestario sobrante hacia las otras líneas. Cuarto.- Bases reguladoras Bases específicas publicadas al BOP de Lérida de 6 de julio de 2026. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de la solicitud será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Lérida (BOPL).
Organismo convocante
ALCANÓ — AYUNTAMIENTO DE ALCANÓ
Ámbito
Lleida
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 18 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 5 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 75.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Extracto del decreto de la alcaldía del Ayuntamiento de Alcanó de fecha 28 de agosto de 2026, por el cual se convocan las ayudas para personas empresarias y autónomas al municipio de Alcanó.