Convocatoria del concurso de tostadores de castañas 2026
Denominación oficial: CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE TOSTADORES DE CASTAÑAS 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 300 €. Se puede solicitar hasta el 15 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva, así que tendrás que presentar una solicitud antes del 15 / 11 / 2026 y tu proyecto se comparará con los de los demás, lo que significa que cumplir los requisitos no asegura recibirla. El ayuntamiento de Amer destina 300 euros para premiar a personas que no tengan actividad económica y que se encarguen de tostar castañas en 2026, dentro del ámbito cultural. La subvención se entrega en dinero y no exige ninguna devolución.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Objeto y finalidad El objeto de estas bases es la regulación del procedimiento y de las condiciones para el otorgamiento de premios del concurso de Tostadores de Castañas 2026 en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con las bases reguladoras para la concesión de premios como resultado de concursos organizados por el Ayuntamiento de Amer, aprobadas inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de 17 de marzo de 2022 y publicada su aprobación definitiva en el BOP Girona núm. 99 de 24 de mayo de 2022. 2. Beneficiarios Pueden ser beneficiarias del premio de este concurso todas aquellas personas físicas, que presenten la solicitud pertinente en el Registro General del Ayuntamiento de Amer y participen en el concurso. 3. Dotación económica determinación de la aplicación presupuestaria El importe total destinado a la convocatoria es de 300,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.48002 – PREMIOS CONCURSO TOSTADORES DE CASTAÑAS, correspondiente al presupuesto del ejercicio 2026. La distribución de este importe será la siguiente: · 1º premio: Diploma Castaña de oro e importe económico de 150,00 € · 2º premio: Diploma Castaña de plata e importe económico de 100,00 € · 3º premio: Diploma Castaña de bronce e importe económico de 50,00 € 4. Criterios de otorgamiento Los criterios de otorgamiento tendrán que obedecer a criterios objetivos, y no podrán ser discriminatorios por razones de raza, religión, sexo, orientación sexual, etc. Los criterios en cuestión serán los siguientes: Las reglas del concurso son: 1) No se puede encender el fuego hasta que se dé la señal. 2) Se darán 20 minutos de tiempo para tostar las castañas. 3) Después de ser tostadas se tendrán que poner en la cesta con el número de cada participante, sin cribar. 4) Los tres participantes que tuesten las castañas con menos tiempo y las tengan mejor tostadas serán los que obtendrán premio. 5. Plazo de presentación de solicitudes Los interesados en participar en el concurso tendrán que formular la correspondiente solicitud de acuerdo con el modelo normalizado que facilitará el Ayuntamiento en el plazo que establece la convocatoria y la presentarán en el Registro General del Ayuntamiento. El plazo de presentación de solicitudes para inscribirse en el concurso será el siguiente: desde su publicación hasta el mismo domingo 15 de noviembre de 2026 (ambos incluidos), no obstante, la solicitud deberá presentarse previo al inicio del concurso. 6. Órgano de valoración El órgano de valoración tendrá un carácter totalmente técnico y actuará con total imparcialidad y objetividad. El jurado estará formado por personas expertas del sector y estas serán: Oriol Samblàs, Anna Desoi y Joan Planchart. 7. Régimen de recursos La resolución de la convocatoria pone fin a la vía administrativa. Contra esta procede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación. Alternativamente, y de forma potestativa, puede interponerse recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Amer, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación. 8. Publicidad Esta convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Amer, y el extracto de esta, de acuerdo con lo que prevé el artículo 17.3 b de la Ley 38/2003, general de subvenciones, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.
Organismo convocante
AMER — AYUNTAMIENTO DE AMER
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 4 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO |
| Última actualización BD | 31 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 300 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS COMO RESULTADO DE CONCURSOS ORGANITZADOS POR EL AYUNTAMIENTO DE AMER