Convocatoria para la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para hacer frente a gastos de la vivienda habitual dirigida a personas propietarias en situación de escasa capacidad económica y vulnerabilidad. Año 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 30.000 €. Se puede solicitar hasta el 16 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se trata de una subvención en efectivo que se concede de forma competitiva para ayudar a cubrir gastos de la vivienda habitual. Puedes solicitarla si eres propietario o usufructuario de una casa en Granollers, estás empadronado en el municipio antes del 1 de enero de 2026 y te encuentras en situación de escasa capacidad económica o vulnerabilidad, como jubilado, pensionista o desempleado. Todas las solicitudes se evalúan y compiten entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura la concesión. El plazo para presentar la solicitud finaliza el 16 de octubre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers (http://seuelectronica.granollers.cat): Primero.- Beneficiarios De acuerdo con las bases específicas reguladoras de esta convocatoria, contenidas en el punto tercero, podrán solicitar esta subvención las personas físicas: - Que se encuentren en situación de escasa capacidad económica y vulnerabilidad, con especial atención a las personas que se encuentren en situación de jubilación, pensionistas o en paro, que sean propietarias de la vivienda habitual y que reúnan los requisitos establecidos en las correspondientes bases específicas y de acuerdo con la tabla de valoración económica del conjunto de ingresos. - Que sean propietarias o usufructuarias de la vivienda habitual en el término municipal de Granollers. - Empadronadas en el municipio de Granollers antes del día 1 de Enero del año 2026, tanto para el solicitante como para el resto de miembros de la unidad conviviente. - Que en el momento de hacer la concesión de la subvención estén al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Granollers, La Tesorería General de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria de Cataluña y la Agencia Estatal de la Administración Pública. Segundo.- Objeto El objeto de esta subvención es financiar económicamente gastos de la vivienda habitual a personas que se encuentren en las siguientes situaciones y características: - Personas que se encuentren en situación de escasa capacidad económica y vulnerabilidad, con especial atención a las personas que se encuentren en situación de jubilación, pensionistas o en paro - Que sean propietarias de la vivienda habitual y para hacer frente a los gastos vinculados con la vivienda habitual. Tercero.- Bases reguladores Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 19 de Mayo de 2026 fueron aprobadas las Bases Reguladoras específicas que deben regir la concesión de la subvención en régimen de concurrencia competitiva para afrontar gastos de la vivienda habitual dirigidas a personas propietarias en situación de escasa capacidad económica y vulnerabilidad por parte del Ayuntamiento de Granollers. Estas Bases Reguladoras Específicas fueron objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia núm. de identificador CVE 202610096541, de fecha 29 de Mayo de 2026. Cuarto.- Cuantía El importe máximo que se destinará durante el año 2026 para el otorgamiento de las subvenciones previstas en esta convocatoria será de 30.000,00 euros a la partida creada a tal efecto con identificación: L4211/23110/48040 "AYUDAS CONTRIBUYENTES DE ESCASA CAPACIDAD ECONÓMICA", sin necesidad de agotar la totalidad del crédito presupuestario disponible (en caso de no haber solicitudes suficientes). Se reservará un 4% del presupuesto (1.200,00 €) para atender el resultado de estimación de posibles recursos que se interpongan contra la denegación de subvenciones solicitadas. La cuantía concedida máxima de las subvenciones reguladas a las presentes bases será de 200 euros por cada solicitud. La cuantía concedida no podrá ultrapasar el 50% de la cuota líquida anual del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana por cada vivienda por la que se solicita la subvención. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de les solicitudes empezará el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB), y finalizará el día 16 de octubre de 2026 inclusive. Los solicitantes podrán presentar las peticiones, junto con la documentación acreditativa indicada en la cláusula quinta de las bases, mediante los siguientes canales: a.Presencialmente en la Oficina d'Atenció al Ciutadà (OAC), situada en la calle Sant Josep, número 7, planta baja, en horario de atención al público. b.Telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers en la dirección https://seuelectronica.granollers.cat
Organismo convocante
GRANOLLERS — AYUNTAMIENTO DE GRANOLLERS
Ámbito
Barcelona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 19 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 16 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | 88.9 - Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento |
| Última actualización BD | 29 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 1 de Setiembre de 2026, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco de las bases reguladores específicas para el otorgamiento de las subvenciones para afrontar gastos de la vivienda habitual dirigidas a personas propietarias en situación de escasa capacidad económica y vulnerabilidad. Año 2026 ↗
Bases reguladoras
Bases reguladoras específicas para la concessión de la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para hacer frente a gastos de la vivienda habitual dirigida a personas propietarias en situación de escasa capacidad económica y vulnerabilidad