Ayudas económicas para sufragar parte de los gastos derivados de la obtención del permiso de conducir A, AM, B, C, D y E y sus modalidades dirigidas a los jóvenes de Benidorm
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Alicante / Alacant. Presupuesto: 70.000 €. Se puede solicitar hasta el 17 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
La ayuda consiste en una subvención en efectivo para cubrir parte de los gastos del permiso de conducir (categorías A, AM, B, C, D, E y sus modalidades) dirigida a jóvenes de Benidorm que no tengan actividad económica. Se concede de forma competitiva: debes presentar la solicitud antes del 17 de noviembre de 2026 y luego se evaluarán todas las propuestas; cumplir los requisitos no asegura recibir el dinero. El fondo total disponible es de 70 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Objeto Sufragar una parte de la formación teórica de cualquier tipo de permiso de conducir de los que a continuación se relacionan, dirigidas a personas empadronadas en el municipio de Benidorm que cumplan los requisitos establecidos en la base Segunda, cuyo permiso de conducir haya sido obtenido durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026. Segundo.- Requisitos 1.- Edad: tener entre 15 y 30 años, ambos inclusive, en el momento de la obtención del permiso de conducir. 2.- Empadronamiento: estar empadronado/a en el municipio de Benidorm con anterioridad al 1 de enero de 2026 y mantener dicho empadronamiento durante toda la tramitación del procedimiento. 3.- Obtención del permiso: haber obtenido cualquier clase de permiso de conducir, o la correspondiente autorización temporal para conducir, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive. 4.- Cuenta bancaria: la persona beneficiaria deberá disponer de una cuenta bancaria. 5.- Declaración responsable: de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Benidorm. 6.- Menores de edad: en el caso de solicitantes menores de 18 años, la solicitud deberá estar a nombre del menor y contar con la autorización de su representante legal. Así mismo, deberá aportarse el libro de familia o el documento legal que acredite dicha representación. Tercero.- Importe de la ayuda El importe de la ayuda será de un máximo de DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (250 €) por persona beneficiaria, excepto las personas beneficiarias de la modalidad del permiso AM que recibirán una ayuda de un máximo de CIENTO VEINTICINCO EUROS (125 €). En función del tipo de carnet obtenido, el crédito disponible permitirá atender, como mínimo, a DOSCIENTOS OCHENTA (280) jóvenes de Benidorm. Cuarto.- Lugar, plazo y forma de presentación de solicitudes Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm, en un trámite específico para este procedimiento habilitado dentro del Catálogo de Servicios de Juventud. El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 17 de noviembre de 2026, ambos inclusive. Las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo no serán admitidas a trámite. Quinto.- Documentación a presentar -Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte del solicitante y, en su caso, de su representante legal. -Volante o certificado de empadronamiento, en el que conste la fecha de alta en el padrón municipal. -Copia del permiso de conducir o copia auténtica de la autorización temporal para conducir expedida por la Jefatura Provincial de Tráfico, en la que conste la fecha de obtención/expedición. -Factura emitida a nombre de la persona beneficiaria de la subvención, junto con el correspondiente justificante de pago, que acredite la realización y el abono de los gastos subvencionables establecidos en la base cuarta. -Copia del libro de familia o del documento acreditativo de la representación legal, cuando la persona beneficiaria sea menor de edad. Sexto.- Procedimiento de pago Las personas que hayan resultado beneficiarias de la ayuda, de acuerdo con lo establecido en la resolución definitiva, deberán estar debidamente dadas de alta en el Registro de Alta a Terceros del Ayuntamiento de Benidorm para poder hacer efectivo el pago de la ayuda. A tal efecto, dispondrán de un PLAZO MÁXIMO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, contado desde el día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva, para realizar el correspondiente trámite de alta o, en su caso, actualizar sus datos en dicho Registro.
Organismo convocante
BENIDORM — AYUNTAMIENTO DE BENIDORM
Ámbito
Alicante / Alacant
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 17 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de noviembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 17 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | 85.5 - Otra educación |
| Última actualización BD | 29 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 70.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto de la Junta de Gobierno Local celebrada en sesión extraordinaria en fecha de 17 de septiembre de 2026 donde se convocan ayudas económicas para sufragar parte de los gastos derivados de la obtención del permiso de conducir A, AM, B, C, D y E y sus modalidades, dirigidas a la juventud de Benidorm ↗
Bases reguladoras
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.