Ayudas 2026 a personas trabajadoras autónomas y pymes para la conciliación de la vida laboral y familiar, según Decreto 87/2025, de 29 de Julio
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: EXTREMADURA. Presupuesto: 1,8 M€. Se puede solicitar hasta el 15 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: la pueden solicitar todas las personas autónomas y pymes que cumplan los requisitos, y se concede de forma directa mientras haya fondos disponibles, sin necesidad de competir con otras solicitudes. Es una subvención en efectivo dirigida a trabajadores autónomos y pequeñas empresas de Extremadura para facilitar la conciliación entre la vida laboral y familiar. El presupuesto total es de 1,8 millones de euros y la fecha límite para presentar la solicitud es el 15 de noviembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
EXTREMADURA — SECRETARÍA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
Ámbito
EXTREMADURA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 21 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; 01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; 01.7 - Caza, captura de animales y servicios relacionados; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; OTROS SERVICIOS; 02 - Silvicultura y explotación forestal; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 27 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,8 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Decreto 87/2025, de 29 de Julio por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas económicas destinadas a personas trabajadoras autónomas y pymes dirigidas a la conciliación de la vida laboral y familiar y se aprueba la primera convocatoria
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General