Associació de jubilats de sant sadurní d`anoia
Denominación oficial: ASSOCIACIÓ DE JUBILATS DE SANT SADURNÍ D`ANOIA
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 5.500 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, por lo que no es una convocatoria abierta y el dinero tiene ya a su destinatario; solo se publica por transparencia. Se trata de una subvención de 5 500 euros que el Ayuntamiento de Sant Sadurní d'Anoia entrega a la asociación de jubilados local, que es una persona jurídica sin actividad económica, para financiar acciones de servicios sociales y promoción social. No hay plazo para presentar solicitud porque la asignación ya está hecha.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
SANT SADURNÍ D'ANOIA — AYUNTAMIENTO DE SANT SADURNÍ D'ANOIA
Ámbito
Barcelona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 21 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 94 - Actividades asociativas |
| Última actualización BD | 29 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 5.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES