Subvención para acción social del año 2026
Denominación oficial: SUBVENCIÓN PARA ACCIÓN SOCIAL DEL AÑO 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CATALUÑA. Presupuesto: 2.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de octubre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta subvención ya está adjudicada, por lo que no es una convocatoria abierta; el dinero ya tiene a un destinatario concreto y solo se publica por transparencia. Está dirigida a entidades sin actividad económica que se dediquen a servicios y promoción social. Consiste en una entrega de 2 000 euros sin necesidad de devolución. En la ficha aparece un plazo hasta el 30 de octubre de 2026, pero al estar ya asignada no puedes presentar solicitud.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
TORELLÓ — AYUNTAMIENTO DE TORELLÓ
Ámbito
CATALUÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 88.1 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores o con discapacidad |
| Última actualización BD | 28 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANÇA GENERAL DE SUBVENCIONS