Financiacion estatal - ofil orient.form.inserc.lab.compr.contr
Denominación oficial: FINANCIACION ESTATAL - OFIL ORIENT.FORM.INSERC.LAB.COMPR.CONTR.
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 5,0 M€. Se puede solicitar hasta el 29 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede en concurrencia competitiva, por lo que debes presentar solicitud y las propuestas se comparan entre sí; cumplir los requisitos no garantiza recibirla. Es una subvención en forma de entrega dineraria sin contraprestación destinada a fomentar el empleo. Puede solicitarla cualquier gran empresa, pyme o persona física que realice una actividad económica en la Comunidad de Madrid. El fondo total disponible es de cinco millones de euros y la convoca la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se convocan subvenciones en el año 2026 para la realización del Programa de Orientación, Formación e Inserción Laboral con compromiso de contratación, en el ámbito empresarial privado de la Comunidad de Madrid, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el portal de internet de la Comunidad de Madrid (https://www.comunidad.madrid/) Primero. Objeto 1. Convocar para el año 2026 subvenciones destinadas a sufragar el desarrollo de itinerarios que engloben actuaciones de formación y práctica laboral en el ámbito empresarial con inclusión de un compromiso para la posterior contratación de carácter indefinido, así como, actuaciones de orientación y acompañamiento a las personas participantes a lo largo del proyecto. 2. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos derivados del contrato de formación en alternancia, de las personas alumnas-trabajadoras, los gastos de formación para la impartición de un certificado profesional correspondiente a la actividad a desarrollar y, en su caso, otra formación complementaria específica, así como las actuaciones desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro para la orientación y acompañamiento a las personas participantes en el proyecto subvencionado. Segundo. Beneficiarios 1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria, siempre que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en las bases reguladoras y en la orden de convocatoria: a) Las empresas y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro. b) Igualmente, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. 2. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad, cada miembro que la integre tendrá igualmente la condición de beneficiario, debiendo cada uno de ellos ejecutar la parte del proyecto a la que se haya comprometido. En este caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, que no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Bases reguladoras Orden de 12 de junio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el programa de orientación, formación e inserción laboral con compromiso de contratación, en el ámbito empresarial privado de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. nº 149, de 25 de junio de 2026). Cuarto. Cuantía 1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria, se destinará el crédito presupuestario establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, a través de los créditos específicamente consignados cada año en el programa presupuestario 241M-Promoción y Fomento del Empleo y el subconcepto 47202 "Políticas activas de empleo", por cuantía de 5.000.000 de euros. 2. La cuantía total estimada en el punto 1 de este apartado podrá incrementarse en una cuantía adicional máxima por importe de 2.000.000,00 euros, en los términos del artículo 4 quater de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, referido al procedimiento de determinación de la cuantía adicional en las convocatorias de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. 3. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación, en forma de extracto, de la orden de convocatoria de subvenciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Organismo convocante
COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de octubre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 29 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 78 - Actividades relacionadas con el empleo |
| Última actualización BD | 1 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 5,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Otros documentos BOCM-20260930-35 ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden de 23 de septiembre de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2026 para la realización del Programa de Orientación, Formación e Inserción Laboral con compromiso de contratación, en el ámbito empresarial privado de la Comunidad de Madrid ↗
Bases reguladoras
ORDEN DE 12 DE JUNIO DE 2026, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE ORIENTACIÓN, FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN, EN EL
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General