Abierta · quedan 60 díasLocalCultura

Bases reguladoras específicas y convocatoria del programa de subvenciones para la promoción y fomento de la cultura desde las asociaciones culturales de Ferrol, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2026

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 60 días
Código BDNS 933438

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 48.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede mediante concurrencia competitiva, así que tienes que presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2026 y tu proyecto será comparado con los demás; cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. La ayuda es una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a asociaciones culturales que no realicen actividad económica y estén domiciliadas en Ferrol, provincia de A Coruña. El fondo total disponible es de 48 000 euros para financiar proyectos que fomenten la cultura local.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

I. Bases reguladoras La convocatoria se regirá por las bases reguladoras específicas del programa de subvenciones para la promoción y fomento de la cultura desde las asociaciones culturales de Ferrol, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2026 aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 28/09/2026, publicado en el BOP de A Coruña n.º 190 de fecha 5 de octubre de 2026, además de en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Ferrol. https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2026/10/05/2026_0000006336.pdf https://traductor.dacoruna.gal/fron-trad/urlTranslate.php?direccion3=gl-es&inurl=https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2026/10/05/2026_0000006336.html II. Créditos presupuestarios El crédito presupuestario asignado a la presente convocatoria es de 48.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05101 3341 48000 de los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Ferrol para el año 2026. III. Objecto, condiciones y finalidad El objecto de estas bases y de su convocatoria es la regulación del procedimiento para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva y con carácter anual (ejercicio 2026), del programa de subvenciones que convoca la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Ferrol para la promoción y fomento de la Cultura desde as asociaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro, que tengan sede en el término municipal de Ferrol, ajustándose en todo caso a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación. IV. Modalidad de concesión Régimen de concurrencia competitiva. V. Requisitos para solicitar la subvención Podrán concurrir a esta convocatoria todas las asociaciones culturales y entidades sin ánimo de lucro, que esten legalmente constituidas y que fomenten la cultura con ámbito de actuación en el termino municipal del Ayuntamiento de Ferrol, y que cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de las bases reguladoras específicas. VI. Órganos competentes para instrucción y resolución del procedimiento la competencia para la instrucción del procedimiento de concesión le corresponde al negociado de Cultura, que se encargará de revisar los expedientes de solicitud y verificará que contengan toda la documentación exigida. La concesión de las subvenciones se realizará mediante régimen de concurrencia competitiva y será aprobada por resolución del concejal delegado de Cultura, órgano competente para resolver, previa valoración y propuesta de la Comisión de Valoración y de la propuesta motivada del negociado de Cultura. VII. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes irán dirigidas al órgano competente para la concesión de la subvención u se presentarán en formato electrónico a través del Registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento, en el modelo que figura como anexo a estas bases, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial da Provincia de A Coruña. Con la solicitud deberán presentarse la documentación establecida en la base cuarta 3 de las bases reguladoras específicas. VIII. Plazo de resolución y notificación el órgano instructor, a la vista del informe de la Comisión de valoración, formulará al órgano competente para resolver, una propuesta de resolución de concesión provisional, que será notificada a las entidades solicitantes a través del tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferrol, concediéndose a las entidades interesadas un plazo de diez días para la presentación de alegaciones. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. Finalizado el trámite de audiencia y luego de examinar las alegaciones presentadas por las entidades interesadas, en el caso de que las hubiera, el órgano instructor formulará al órgano competente para resolver, previo informe de la Comisión de valoración, propuesta de resolución de concesión definitiva. La resolución contendrá la relación de solicitudes a las que se les concede la subvención y desestimación expresa de las restantes solicitudes. El plazo máximo para resolver será de nueve meses contados desde el día de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial da Provincia. Transcurrido este plazo, la falta de resolución y notificación producirá efecto desestimatorio. IX. Recursos La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa. X. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención Los que figuran en la base sexta de las bases reguladoras específicas. XI. Forma y plazo para la publicación de las subvenciones. Una vez dictada la resolución de concesión definitiva se notificará a las entidades beneficiarias según lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se publicará en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ferrol https://www.ferrol.gal/Sede/TaboleiroAnuncios según lo regulado en el artículo 45.1.b) de dicha ley por ser un acto integrante de un procedimiento de concurrencia competitiva. Así mismo, para los efectos de su conocimiento se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) las subvenciones concedidas de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Organismo convocante

FERROL — AYUNTAMIENTO DE FERROL

Ámbito

A Coruña

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de octubre de 2026
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Última actualización BD27 de octubre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total48.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UESí

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

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