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Ayudas al pequeño comercio minorista dentro del programa volveremos 2026 para la dinamización comercial en Teruel

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS AL PEQUEÑO COMERCIO MINORISTA DENTRO DEL PROGRAMA VOLVEREMOS 2026 PARA LA DINAMIZACIÓN COMERCIAL EN TERUEL

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 56 días
Código BDNS 934256

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 100.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: debes presentar la solicitud antes del 31/12/2026 y las peticiones se analizan una a una, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El programa Volveremos 2026 ofrece una subvención en efectivo, sin devolución, para impulsar el pequeño comercio minorista en Teruel. Puede solicitarla cualquier pyme o persona física que tenga un negocio comercial y esté dentro del territorio aragonés. El fondo total disponible es de 100 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios: Los beneficiarios de esta aportación serán las pequeñas o medianas empresas (PYMES), que tengan establecimientos comerciales minoristas de bienes o servicios abiertos al público en el término municipal de Teruel, y que se adhieran o estén adheridos al Programa “Volveremos”. Podrán adherirse al programa “Volveremos”, aceptando la generación de bonos y su uso como medio de pago, aquellos establecimientos que, radicados en el término municipal de Teruel y con independencia de que sean personas físicas o jurídicas, cumplan los siguientes requisitos: a) Tener como objeto preferente de su actividad el de la venta directa al consumidor de los productos y bienes de consumo y otros servicios, correspondiente a los epígrafes desarrollados en el punto 3.4 de esta convocatoria. b) Ser comerciantes autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME). c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, frente al Ayuntamiento de Teruel y en su caso, de las obligaciones de reintegro de subvenciones. Segundo. Finalidad: El objeto de las ayudas enmarcadas en el programa “Volveremos” es incentivar la adquisición de bienes de consumo en pequeños establecimientos y dinamizar la actividad comercial minorista del comercio local de proximidad. Tercero. Bases reguladoras: Las Bases que regirán en materia de subvenciones en materia de ayudas al pequeño comercio minorista en el marco del programa Volveremos año 2026 son las Bases Generales aprobadas en la Ordenanza General Reguladora de las Bases de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Teruel, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel número 168, entrando en vigor el 29 de septiembre de 2025 Además, en su naturaleza bipartita, y para que las dos subvenciones tramitadas por la entidad colaboradora (la concedida por la Diputación General de Aragón y la concedida por el Ayuntamiento de Teruel), el Consejo Aragonés de Cámaras de comercio, se gestionen de manera equivalente (se gestionan a través de la misma aplicación informática y tramitadas directamente por la entidad colaboradora), habrá que estarse a lo dispuesto en la ORDEN ECE/781/2026, de 28 de mayo, por la que se convocan las ayudas correspondientes al programa “Volveremos 2026" y la Orden EIE/691/2024, de 19 de junio, que establece las bases reguladoras de las ayudas correspondientes al programa “Volveremos” de fomento del pequeño comercio minorista, ambas de la Diputación General de Aragón. Cuarto. Importe: Cuantía máxima total de las subvenciones convocadas es de 100.000,00 €. Quinto: Gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables los descuentos aplicados por los establecimientos a sus clientes en función de los saldos generados por los mismos, según la metodología de generación y operación que se describen en esta convocatoria y en las normativas reguladoras. Dichos saldos deben haberse generado y canjeado dentro del periodo de gasto subvencionable, que comprenderá desde el día 3 de Junio de 2026 a 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive. Sexto. Presentación de solicitudes: Para adherirse al programa será necesario, además de cumplir los anteriores requisitos, cumplimentar el formulario de adhesión, el cual estará a disposición pública a través de la página web de “Volveremos” localizada en https://volveremos.app, así como a través de la Cámara de Comercio. El plazo para la presentación de solicitudes de adhesión finalizará el día 31 de diciembre de 2026.

Organismo convocante

TERUEL — AYUNTAMIENTO DE TERUEL

Ámbito

ARAGON

Categoría

Comercio

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación8 de octubre de 2026
Fecha inicio de solicitudes3 de junio de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector económico47 - Comercio al por menor
Última actualización BD30 de octubre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total100.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LAS BASES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL AYUNTAMIENTO DE TERUEL.

Bases reguladoras ↗