Subvenciones en materia de actividades deportivas federadas para la temporada 2025-2026
Denominación oficial: SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS FEDERADAS PARA LA TEMPORADA 2025-2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Jaén. Presupuesto: 29.000 €. Se puede solicitar hasta el 3 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en efectivo para impulsar actividades deportivas federadas en la temporada 2025‑2026. Se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo establecido y tu proyecto será comparado con los demás; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La convocatoria la abre el Ayuntamiento de Alcaudete, en Jaén, y está dirigida a personas físicas o jurídicas que no realicen actividad económica. El total disponible es de 29 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la Resolución de Alcaldía n.º 2026-0775 de fecha 07 de octubre de 2026, por la que se convocan Subvenciones en materia de Actividades Deportivas Federadas para la temporada 2025-2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva. Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar las ayudas los Clubes Deportivos, persona física y jurídica siendo deportistas de competición profesional o no profesional, que sin ánimo de lucro, actúen en representación de Alcaudete como participantes en un Campeonato Provincial, Autonómico o Nacional. Segundo. Objeto. Contribuir con actividades deportivas de tipo competitivo, federado adscrito a la federación correspondiente, dentro del término municipal de Alcaudete para la temporada 2025-2026. Tercero. Bases Reguladoras. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en el Título II, Capítulo III. Normas especiales, Base 36 a Base 42, de las Bases de Ejecución del Presupuesto General 2026 aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 18 de diciembre de 2025 (aprobación definitiva publicada en el BOP n.º 20, el día 30 de enero de 2026), y demás legislación que sea de aplicación con carácter básico o supletorio. Cuarto. Cuantía de la ayuda. Se destinará a la concesion de subvenciones de dicha convocatoria la cantidad total de 34.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2026-341-48001, “Subvenciones Actividades Deportivas a familias e instituciones sin fines de lucro”. Los proyectos serán subvencionados en base a los siguientes criterios: 1. Competiciones de Diputación (ADSUR u otras entidades): hasta 1.000 euros por equipo. 2. Competiciones federadas provinciales por equipos (liga provincial y copa organizada por la federación correspondiente): - Por cada equipo inscrito en la competición indicada de deportes de implemento (raqueta, pala o similar): hasta 600 euros por equipo. - Por cada equipo inscrito en la competición indicada de deportes colectivos en categoría alevín, benjamín, prebenjamín y bebé: hasta 1.400 euros por equipo. - Por cada equipo inscrito en la competición indicada de deportes colectivos en categoría infantil y cadete: hasta 1.700 euros por equipo. - Por cada equipo inscrito en la competición indicada de deportes colectivos en categoría juvenil y senior: hasta 2.200 euros por equipo. 3. Competiciones federadas autonómicas y provinciales (campeonatos/pruebas puntuales) por equipos: - Por cada club que participe en campeonato/prueba provincial por equipos organizada y fijada en el calendario de la federación correspondiente: hasta 300 euros. - Por cada club que participe en campeonato/prueba autonómica por equipos organizada y fijada en el calendario de la federación correspondiente: hasta 600 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén. Las personas físicas, de conformidad con lo prevenido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán elegir si se relacionan con la Administración, en lo referente a esta convocatoria, por medios electrónicos o de forma presencial en el Registro General de Documentos del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete, y serán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta. En el caso de las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, la solicitud se cumplimentará por la persona que actúe en nombre o en representación de la persona jurídica solicitante, mediante certificado electrónico de persona física a nombre del representante legal de la entidad, o bien, certificado electrónico de persona jurídica a nombre de la entidad solicitante. Dicho trámite se realizará a través de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete. Sexto. Otros datos. Deberán acompañarse a la solicitud (ANEXO I de las Bases Reguladoras) los documentos siguientes: • Documentos que acrediten la personalidad del solicitante. -N.I.F. del solicitante en el caso de que la subvención la solicite una persona física. -La tarjeta del C.I.F. y el N.I.F. del representante legal, en el caso de las entidades. • Proyecto-Memoria de las actividades que se pretenden realizar (ANEXO II de las Bases Reguladoras). • Modelo de declaración responsable, junto a los documentos y certificados acreditativos (ANEXO III de las Bases Reguladoras).
Organismo convocante
ALCAUDETE — AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE
Ámbito
Jaén
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 9 de octubre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de octubre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 3 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento |
| Última actualización BD | 24 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 29.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS FEDERADAS PARA LA TEMPORADA 2024-2025