Ayudas económicas a personas con enfermedad celiaca del ayuntamiento de alhama de Murcia
Denominación oficial: BASES POR LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS ECONÓMICAS A PERSONAS CON ENFERMEDAD CELIACA DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 10.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2027. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en efectivo dirigida a personas con enfermedad celíaca que viven en Alhama de Murcia y que no desarrollan actividad económica. Se concede de forma competitiva, por lo que debes presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2027 y tu proyecto será comparado con los de otros aspirantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El objetivo es apoyar económicamente a quienes necesiten gastos vinculados a la celiaquía.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Los beneficiarios de esta convocatoria serán las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos: 1. Empadronadas con al menos un año de antigüedad en Alhama de Murcia a fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM). 2. Estar diagnosticados de enfermedad celíaca por un médico especialista, lo que deberá acreditarse mediante certificado médico oficial. 3. No estar incursos en alguna de las exclusiones establecidas en la base novena de dicha convocatoria. 4. No superar el umbral de ingresos determinado por el Ayuntamiento, conforme a los criterios establecidos en la base décima de dicha convocatoria. 5. En el caso de que el solicitante sea menor de edad, podrán presentar la solicitud sus padres o tutores legales, quienes deberán cumplir con los requisitos de residencia y de ingresos establecidos. 6. Se tendrá en cuenta el orden de registro de la petición de la ayuda, priorizando a los menores de edad. A fin de garantizar una atención especial a los menores de edad que padecen enfermedad celíaca, se dará prioridad en la concesión de ayudas a aquellos solicitantes que sean menores de 16 años y que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases. Segundo. Objeto. Las presentes bases tienen por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas destinadas a unidades familiares en cuyo ámbito existan uno o más enfermos celiacos o con intolerancia al gluten y que cumplan los requisitos económicos exigidos en la base décima de esta convocatoria. Tercero. Bases reguladoras. Convocatoria y bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a personas con enfermedad de celiaquía en el municipio de Alhama de Murcia. Cuarto. Cuantía. El Ayuntamiento de Alhama de Murcia en relación a las presentes Bases, concederá subvenciones en la cuantía de 10.000€ para el año 2026/2027 con cargo a la aplicación presupuestaria 3111.48002 del presupuesto municipal vigente. La concesión de las ayudas reguladas en la presente convocatoria queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto asignado a tal fin. En ningún caso el importe total de las ayudas concedidas podrá superar dicho límite presupuestario. Una vez agotado el crédito disponible, no podrán concederse más ayudas, aunque las solicitudes cumplan con los requisitos establecidos en las bases reguladoras. La concesión de las ayudas se realizará por riguroso orden de registro de las solicitudes completas, hasta agotar el presupuesto disponible, siempre que se cumplan los requisitos mínimos exigidos. Las ayudas serán anuales y estarán en función de la capacidad económica anual del beneficiario de la prestación, y de la unidad familiar en su caso, dividiéndose los ingresos entre los miembros de la misma. El importe de las ayudas se financiará con cargo a la partida presupuestaria 3111.48002 del Presupuesto General Municipal con un importe de hasta 10.000 euros. Si la ayuda se solicita para un menor de 16 años la cuantía será de 350 Si la ayuda se solicita para un mayor de 16 años la cuantía será de 300 euros. En el caso de familias con más de un miembro afectado por celiaquía se incrementará esta ayuda en 25 Euros, por cada afectado/a. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Será de 30 días desde la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM). Sexto. Otros datos. Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas en el Registro del Ayuntamiento, sin perjuicio de su presentación en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los términos que detalle la convocatoria. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación: Certificado de empadronamiento actualizado del solicitante y de los miembros de la unidad familiar, en el que conste que están empadronados con al menos un año de antigüedad en el municipio, acorde al punto 1 de la base tercera. Original o fotocopia compulsada del DNI o NIE de la persona solicitante y de los menores e incapacitados, en su caso, afectados por la enfermedad o intolerancia al gluten. Libro de familia que acredite el parentesco con el solicitante. En los casos de menores con medidas de protección y personas incapacitadas deberán presentarse las resoluciones administrativas y/o judiciales que lo acrediten. Informe médico acreditativo de la condición de enfermo celiaco o intolerante al gluten, (uno por cada miembro de la unidad familiar que tenga dicha condición). Certificado o fotocopia del documento bancario en el que figure como titular la persona solicitante o perceptor/a, en su caso, donde se especifique el número de cuenta cliente (IBAN). Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de todos los miembros de la unidad familiar donde se indiquen los ingresos referentes al año 2025 acorde a la clausula décima. Dicho certificado puede descargarse en el siguiente enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G306.shtml En caso de rentas exentas de tributación (prestaciones procedentes de la Seguridad Social por incapacidad permanente o gran invalidez, prestaciones por cuidado de familiares, etc.), se deberá aportar justificante o certificado de ingresos percibidos por este concepto durante el ejercicio anterior, expedido por el órgano competente. Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social de la persona solicitante. Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas de la persona solicitante. Se otorgará un plazo de 10 días para presentar cualquier documento faltante o para subsanar cualquier defecto en la documentación presentada.
Organismo convocante
ALHAMA DE MURCIA — AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA
Ámbito
REGION DE MURCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de octubre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 2 de noviembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2027 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Sanidad |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES |
| Última actualización BD | 5 de noviembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES POR LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS ECONÓMICAS A PERSONAS CON ENFERMEDAD CELIACA DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA