Convenio de colaboración entre la Generalitat, a través de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia, y la Unión de Periodistas Valencianos
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 8.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, así que no puedes presentarte; el dinero ya tiene un destinatario y la convocatoria solo aparece para cumplir con la transparencia. Se trata de una subvención de 8 000 euros que la Generalitat de la Comunidad Valenciana otorga a una entidad jurídica sin actividad económica, en este caso a la Unión de Periodistas Valencianos, mediante un convenio de colaboración. No hay plazo de solicitud ni proceso de competición.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE COMUNICACIÓN
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de octubre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 14 de octubre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | 74 - Otras actividades profesionales, científicas y técnicas |
| Última actualización BD | 29 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 8.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Ley 4/2026, de 22 de julio, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2026