Resolución dgfal desempleados y ocupados silicosis en Andalucía linea 1
Denominación oficial: RESOLUCIÓN DGFAL DESEMPLEADOS Y OCUPADOS SILICOSIS EN ANDALUCÍA LINEA 1
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 500.000 €. Se puede solicitar hasta el 5 de noviembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede de forma competitiva, por lo que debes presentar la solicitud dentro del plazo que indique la convocatoria y tu proyecto será comparado con los demás; cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. La ayuda es una subvención en efectivo, sin necesidad de devolver el dinero, y está dirigida a grandes empresas, pymes, personas físicas o jurídicas que no desarrollen actividad económica, así como a quienes sí la desarrollen, siempre que sea en Andalucía. El fondo total disponible es de 500 000 euros para fomentar el empleo.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identif.): xxxxx De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Primero. Convocatoria. Se convoca, para el año 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvención en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en la cuantía total máxima y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación: LÍNEA PARTIDA PRESUPUESTARIA Código de Financiación ANUALIDAD 2026 (euros) ANUALIDAD 2027 (euros) TOTAL Línea 1: Oferta formativa de formación en el trabajo en modalidad de teleformación para personas trabajadoras desempleadas, afectadas en Andalucía por silicosis. 1400180000G/32D/47009/00 S0044 175.000,00 € 75.000,00 € 250.000,00 € 1400180000G/32D/48009/00 S0044 175.000,00 € 75.000,00 € 250.000,00 € Línea 2: Oferta formativa de formación en el trabajo en modalidad de teleformación para personas trabajadoras ocupadas, afectadas en Andalucía por silicosis. 1400180000G/32D/47009/00 S0534 70.000,00 € 30.000,00 € 100.000,00 € 1400180000G/32D/48009/00 S0534 70.000,00 € 30.000,00 € 100.000,00 € TOTAL 490.000,00 € 210.000,00 € 700.000,00 € Segundo. Entidades Beneficiarias. 1. Podrán participar en la presente convocatoria y resultar beneficiarias de esta subvención las entidades de formación privadas con y sin ánimo de lucro de las recogidas en el apartado 4.a).1.º del Cuadro Resumen de las bases reguladoras. No podrán participar en esta convocatoria las entidades de formación públicas, entendiendo por estas las entidades integrantes del sector público, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Este extremo se podrá comprobar mediante la información obrante en el Inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local aprobado mediante el Real Decreto 749/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, y el Inventario de Entes Dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Podrán concurrir los centros del Sistema de Formación en el Trabajo que cuenten con una plataforma de aprendizaje debidamente inscrita en el correspondiente registro, de conformidad con el artículo 25 del Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, para las especialidades que conforman la oferta formativa establecida en el resuelve primero. Tercero. Objeto. 1. Será objeto de subvención pública la puesta en marcha y realización de las actividades formativas, entendiendo por tales el conjunto de acciones formativas cuya finalidad es proporcionar a las personas participantes los conocimientos, habilidades y competencias en un área específica, en la modalidad de teleformación (100 %), utilizando metodologías adaptadas a las necesidades del alumnado y los objetivos formativos. 2. El ámbito territorial de competitividad se circunscribe a la Comunidad Autónoma Andaluza en cada una de las líneas. 3. La oferta formativa de esta convocatoria comprende oferta vinculada a especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo, denominada «oferta de formación en el trabajo», en modalidad de teleformación (100 %), incluyendo especialidades no vinculadas a certificados profesionales, contenidas en el Catálogo de Especialidades Formativas de la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, por la que se regula el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. 4. La oferta formativa se detalla en el Anexo III de esta convocatoria. Cada especialidad u oferta quedará identificada por su código y denominación, especificando su nivel de cualificación, las horas formativas, los módulos económicos y el número de plazas máximas de alumnado a solicitar y conceder por cada especialidad. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 3 de noviembre de 2023. Quinto. Financiación, cuantía y régimen de compatibilidad. 1. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria se detallan en el apartado 4. 2. La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria proviene en su totalidad de fondos de la Administración General del Estado. 3. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de las resoluciones de concesión. 4. Los créditos máximos destinados a financiar las subvención establecida en esta convocatoria, ascienden a 700.000,00 euros, a repartir en las anualidades 2026 y 2027. 5. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 20 de diciembre 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y conforme a lo previsto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, en el supuesto de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, el órgano competente para resolver podrá dictar resoluciones complementarias de concesión de subvenciones que incluyan solicitudes de entidades que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo. 6. La distribución de la cuantía máxima entre los distintos créditos presupuestarios tendrá carácter estimativo. De conformidad con el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de octubre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 27 de octubre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 5 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 78 - Actividades relacionadas con el empleo |
| Última actualización BD | 28 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Ver todas las ayudas para autónomos →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 500.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv. públicas, en rég.conc.comp., en materia de Form. Prof. para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas