Convenio de colaboración entre la Colla de Buscastell y el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany para el año 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Eivissa y Formentera. Presupuesto: 6.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, así que no es una convocatoria a la que puedas presentar una solicitud. El dinero, 6 000 €, ya tiene a su destinatario y la información aparece solo por obligación de transparencia. Se trata de una subvención en efectivo, sin obligación de devolución, destinada a organizaciones sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica y que trabajen en el ámbito cultural en Eivissa y Formentera. No hay plazo de presentación.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
SANT ANTONI DE PORTMANY — AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Ámbito
Eivissa y Formentera
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 26 de octubre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO |
| Última actualización BD | 29 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 6.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ley 38/2003 General de Subvenciones