Abierta · quedan 58 díasLocalCultura

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany y la Colla de Brisa de Portmany para el año 2026

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 58 días
Código BDNS 937992

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Eivissa y Formentera. Presupuesto: 6.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda ya está adjudicada, es decir, el dinero ya tiene a quién va dirigido y no puedes presentarte. Se trata de una subvención de 6 000 euros destinada a entidades sin actividad económica que quieran desarrollar proyectos culturales. La concede el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, dentro del ámbito de Eivissa y Formentera. El pago se hace en efectivo y no exige devolución ni contrapartida.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Organismo convocante

SANT ANTONI DE PORTMANY — AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Ámbito

Eivissa y Formentera

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación26 de octubre de 2026
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadCultura
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Última actualización BD3 de noviembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total6.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ley 38/2003 General de Subvenciones