29/12/2025, de la Viceconsejería de Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, ayudas en régimen de minimis para paliar los daños relacionados con ataques de loboi
Denominació oficial: Resolución de 29/12/2025, de la Viceconsejería de Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, ayudas en régimen de minimis para paliar los daños relacionados con ataques de loboi
Resum
Aquesta ajuda està destinada a pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: CASTILLA LA MANCHA. Pressupost: 170.000 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concessió directa: concedida sense concurs públic.
Descripció oficial de la convocatòria
Primero. Personas beneficiarias. Podrán beneficiarse de estas ayudas los ganaderos y ganaderas o titulares de explotaciones ganaderas que sean personas físicas, jurí dicas u otras entidades sin personalidad jurídica, en cuyo caso han de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que cumplan con los siguientes requisitos: a) Mantener ganado en régimen extensivo en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. b) El ganado deberá pertenecer a una explotación ganadera incluida en el Registro General de Explotaciones Ganaderas o disponer de código REGA y de Guía de origen y sanidad pecuaria para la trashumancia. c) No superar, en un período de tres ejercicios fiscales, el umbral de acumulación de ayudas en régimen de minimis vigente en el momento de realizar la solicitud de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas minimis en el sector agrícola y con el resto de normativa de aplicación. d) Encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la seguridad social según lo regulado en el reglamento de desarrollo del Texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla- La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre (Decreto 21/2008, de 5 de febrero). Segundo. Objeto Convocar, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el ejercicio 2026 las ayudas reguladas por la Orden 127/2017, de 5 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de minimis de ayudas para paliar los daños relacionados con ataques de lobo ibérico (Canis lupus signatus) al ganado doméstico en Castilla-La Mancha. Tercera. Bases reguladoras. Orden 127/2017, de 5 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de minimis de ayudas para paliar los daños relacionados con ataques de lobo ibérico (Canis lupus signatus) al ganado doméstico en Castilla-La Mancha, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 138 de 18 de julio de 2017. Cuarto. Financiación. El importe de las ayudas se calculará conforme a las tablas del anexo I de la orden de bases. Los valores que constan en el Anexo I de la orden de bases se incrementarán en un 10% sobre el valor de base establecido en el caso de haber recibido formación específica, de al menos 20 horas de duración, en el manejo y/o prevención de ataques en explotaciones de zonas donde coexista el lobo, así como otro 10% sobre el valor base establecido, para aquellos que hayan hecho uso de medidas preventivas, debiendo justificarse conforme dispone el artículo 11.1 de la citada orden de bases. La cuantía estimada para la concesión de estas ayudas es de 170.000 euros, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de las anualidades, 2026 y 2027. Quinto. Plazo presentación solicitudes. Una vez comunicados los daños, el plazo de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha del ataque, considerando como tal la fecha que figure registrada en el acta de visita de los Agentes Medioambientales. Sexto. Otros datos. La finalidad de estas ayudas es la conciliación de la presencia del lobo ibérico con los usos ganaderos de la Región, en especial con la ganadería extensiva. Toledo, 29 de diciembre de 2025 La Viceconsejera de Política Agraria Común y Política Agroambiental MARIANA DE GRACIA CANALES DUQUE
Organisme convocant
CASTILLA-LA MANCHA — VICECONSEJERÍA DE LA POLÍTICA AGRARIA COMÚN Y POLÍTICA AGROAMBIENTAL
Àmbit
CASTILLA LA MANCHA
Categoria
Destinataris
PIMEs (petites i mitjanes empreses)
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 30 de desembre de 2025 |
| Data d'inici de sol·licituds | No disponible |
| Data fi de sol·licituds | No disponible |
Informació completa
| Administració | Autonòmica |
| Tipus de convocatòria | Concessió directa: concedida sense concurs públic |
| Finalitat | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector econòmic | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualització BD | 19 de juliol de 2026 |
Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?
- PIMEs (petites i mitjanes empreses)
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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 170.000 € |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
Orden 127/2017, de 5 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de minimis de ayudas para paliar los daños relacionados con ataques de lobo ibéri
Reglament UE aplicable
REG (UE) 1408/2013 de minimis, Agrícola