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Resolución de 2 de septiembre de 2026,convocatoria de subv,dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición de equipam. y material deportivo inventariables

Termini de sol·licitud 2 d'octubre de 2026
Estat Oberta · queden 5 dies
Codi BDNS 923023

Resum

Aquesta ajuda està destinada a persones jurídiques que no desenvolupen activitat econòmica. Àmbit: ANDALUCIA. Pressupost: 300.000 €. Es pot sol·licitar fins al 2 d'octubre de 2026. Concurrència competitiva - canònica.

De què va aquest ajut?

És una subvenció competitiva de la Conselleria de Cultura i Esport d'Andalusia perquè entitats sense activitat econòmica comprin equipament i material esportiu destinat a persones amb discapacitat. Per obtenir-la cal presentar la sol·licitud abans del 15 de setembre de 2026; totes les peticions s'avaluaran i només les que resultin més ben puntuades rebran els diners, amb un fons total de 300000 euros. Complir els requisits no assegura ladjudicació.

Resum en llenguatge clar generat amb IA a partir de les dades oficials. Pot contenir errors: consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar-la.

Descripció oficial de la convocatòria

BDNS (Identif): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Primero. Convocatoria. Se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo inventariables en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (modalidad FDD), en la cuantía máxima de 300.000 euros y con cargo a la partida presupuestaria 1900030000 G/46B/78701/XX 01 2022000149. Segundo. Entidades beneficiarias. Los clubes deportivos y las secciones deportivas andaluzas, que cumplan con los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria. Tercero. Objeto. Fomentar la práctica deportiva de las personas con discapacidad a través de subvenciones para la adquisición de equipamiento y material deportivo inventariables. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria está regulada por la Orden de 27 de octubre de 2022, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo inventariables en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía, publicada en el BOJA núm. 214, de 8 de noviembre de 2022 y en su corrección de errores, publicada en el BOJA núm. 224, de 22 de noviembre de 2022. Quinto. Importe. 1. La cuantía total máxima de los créditos presupuestarios destinados a la financiación de las subvenciones objeto de esta convocatoria es de 300.000 euros. La cuantía máxima de la subvención será de 6.000 euros y la cuantía mínima será de 500 euros. En el caso de que el importe global máximo destinado a las subvenciones no fuese suficiente para cubrir todas las subvenciones solicitadas, se procederá al prorrateo del importe global máximo destinado en la convocatoria en función a la proporción que le corresponde a cada entidad según la valoración por puntos obtenida, entre las entidades beneficiarias. Si quedase una cantidad sobrante tras el reparto se realizarán sucesivas redistribuciones de la misma forma descrita hasta la distribución total del crédito. La fórmula que se utilizará para el prorrateo será la siguiente: Importe total de la convocatoria Importe de la ayuda = ------------------------------------------------------------------- x Puntos de cada beneficiario Suma de los puntos de todos los beneficiarios 2. La distribución de la cuantía total máxima estipulada en el apartado anterior, entre las distintas provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como ámbitos de concurrencia competitiva de las ayudas que se convocan, es la siguiente: Almería………… 38.400 € Cádiz…………… 42.000 € Córdoba……….. 26.400 € Granada……….. 42.000 € Huelva…………. 26.400 € Jaén……………. 14.400 € Málaga………….. 55.200 € Sevilla…………... 55.200 € Total……………. 300.000 € 3. La imputación presupuestaria se efectúa, en su totalidad, con cargo a créditos del ejercicio 2026. 4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, se prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, todo ello en relación con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial. Sexto. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se presentarán de forma electrónica en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el formulario de solicitud o Anexo I, que estará disponible en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía y en la oficina virtual de la Consejería competente en materia de deporte, a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/servicios/procedimientos/detalle/24973.html 2. Igualmente, en la dirección mencionada se encuentra disponibles el Anexo II o formulario de alegaciones/aceptación/desistimiento/reformulación y presentación de documentos. 3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, según lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Séptimo. Plazo máximo para resolver y publicar. De conformidad con lo previsto en el apartado 16 del Cuadro-resumen de las bases reguladoras, el plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de tres meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Organisme convocant

ANDALUSIA — CONSELLERIA DE CULTURA I ESPORT

Àmbit

ANDALUCIA

Categoria

Altres ajudes

Destinataris

PERSONES JURÍDIQUES QUE NO DESENVOLUPEN ACTIVITAT ECONÒMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació31 de juliol de 2026
Data d'inici de sol·licituds18 de setembre de 2026
Data fi de sol·licituds2 d'octubre de 2026

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcurrència competitiva - canònica
FinalitatAltres actuacions de caràcter econòmic
Sector econòmic93.1 - Activitats esportives
Última actualització BD26 de setembre de 2026

Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?

  • PERSONES JURÍDIQUES QUE NO DESENVOLUPEN ACTIVITAT ECONÒMICA

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total300.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓ I LLIURAMENT DINERARI SENSE CONTRAPRESTACIÓ

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Ordre de 27 d'octubre de 2022, per la qual s'estableixen les Bases reguladores per a la concessió, en règim de concurrència competitiva, de subvencions dirigides al foment de l'esport per a persones amb discapacitat per a l'adquisició d'equipament

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